PROPUESTA SOLUCIÓN TRES SISTEMAS
POLÍTICOS DIFERENTES
Por sistema político podemos
entender el conjunto de relaciones que se establecen entre los gobernantes y
los gobernados, las instituciones de gobierno, sus funciones y los mecanismos
de elección y participación.
En el examen se nos presentan
tres modelos: el absolutismo, el liberalismo y la democracia.
El modelo del absolutismo está
presentado con un fragmento del Manifiesto de los persas. Documento suscrito
por 69 diputados de las Cortes y firmado por Bernardo Mozo de Rosales y
presentado a Fernando VII el 12 abril de 1814, cuando este regresaba de su
exilio en Francia, después de ser reconocido como rey de España por Napoleón,
por el tratado el Valençai de 1813. El texto toma su nombre de una cita que contiene
en referencia a una “supuesta” costumbre de los persas de pasar cinco días de
anarquía después de la muerte de su rey. En el texto se critica la Constitución
de Cádiz, la obra de las Cortes, a la que se relaciona con un periodo de
anarquía y revolucionario y se hace una defensa del sistema del absolutismo, al
que parece relacionarse casi con el despotismo ilustrado como vemos al final
del primer párrafo: “para
prescribir aos súbditos todo o que mira ao interese común, e obrigar á
obediencia aos que se negan a ela (...)”.
Este documento y el apoyo de los
nobles, unido al apoyo del ejército de general Elio, el de la Iglesia y el del
pueblo, para quien seguía siendo El Deseado, convencieron a Fernando VII para
abolir la obra de las Cortes de Cádiz y restituir el absolutismo. En Valencia,
adonde se había dirigido Fernando VII para contactar con sus consejeros
(también con el embajador inglés que era favorable a la anulación de la labor
de las Cortes de Cádiz), desobedeciendo el recorrido que le había marcado las
Cortes, firmó los decretos de 4 de mayo
y después se dirigió a Madrid, capturando a los liberales que no había logrado
huir. A partir de ese momento intentará gobernar de un modo absoluto
restaurando las instituciones del Antiguo Régimen, aboliendo la Constitución de 1812 y su obra
legislativa. Repondrá las instituciones del Antiguo Régimen, incluso la Inquisición, perseguirá a los afrancesados y a los
liberales, sobre los que ejercerá una gran represión y se enfrentara durante su reinado con las
opciones liberales, que se manifestarán a través de los pronunciamientos.
También contó a su favor la restauración que se producía en Europa, Congreso de
Viena y formación de la Santa Alianza.
El absolutismo es el modelo
político vigente en Europa entre el siglo XVI y XVIII. Se caracteriza por tener el rey un poder absoluto. Se justifica en la teoría del origen divino
del poder, defendida entre otros autores por Jean Bodino o Bossuet. Según esta
teoría, le corresponde a rey, como representante de Dios, tener todos los
poderes y ejercerlos sin limitación. Así el rey concentraba el poder ejecutivo,
el judicial, el legislativo, el mando del ejército y contaba con el apoyo (e
influencia) en la Iglesia. No existe división de poderes. Es el rey el que posee la soberanía, el que tiene el
último poder, por eso es Soberano. Pero el rey no tiene en realidad un poder
absoluto, ya que debe contar con las instituciones parlamentarias que
existan (Parlamentos), aunque no los convoque con frecuencia y pierdan
importancia dado que su principal función era la de aprobar impuestos; tenga
que depender de las justicias de cada territorio (aunque él puede modificar las
decisiones, ya que su palabra es Ley) y necesite tener el apoyo de nobles e
Iglesia, a cambio de grandes privilegios. El rey intenta tener todo el poder,
el control absoluto, y ese fue casi conseguido en la Francia del rey Sol; pero
en España los Borbón, aunque intentaron construir ese modelo no fueron capaces.
Fernando VII es el último rey que intentó mantener el sistema del absolutismo,
contando con la oposición de la nueva ideología que aparece a finales del
XVIII, el liberalismo. Sus intentos por gobernar de un modo absoluto
fracasaron, sobre todo por las dificultades económicas, por lo que al final de
su reinado eran necesarias reformas que solo podía proporcionar el liberalismo.
El segundo modelo corresponde con
el liberalismo. Su triunfo se produce definitivamente en España a partir del
motín de la Granja de 1836 que obligó a la regente María Cristina, a reponer la Constitución de Cádiz. La primera instalación se
había producido con la Cortes de Cádiz y la promulgación de la Constitución de
1812 y después durante el Trienio Liberal. Desde la muerte de Fernando VII solo
se habían producido unas pequeñas reformas en el sistema. Pero María Cristina
necesitaba reformas económicas que solo podía proporcionar el liberalismo y
también necesitaba el apoyo de los liberales para defenderse de los carlistas;
por eso introduce unas pequeñas reformas, como el modelo de Estatuto Real de
Martínez de la Rosa de 1834, que no satisfacían a los liberales, por eso llamó
a Mendizabal en 1835 para ganarse el apoyo del liberalismo, pero lo cesó ante
el inicio de las reformas que planteaba. Pero en 1836, los sargentos la obligan
a reponer la Constitución del 12 y a llamar, otra vez a los liberales
progresistas a formar gobierno.
El
liberalismo es una ideología que se desarrolla a finales del XVIII a partir de
los ilustrados franceses (Montesquieu, etc.) y del parlamentarismo inglés. Es
la expresión ideológica de la burguesía y defiende un sistema de poder basado
en la libertad. Dentro del liberalismo se diferenciaran dos posturas, una más
moderada o doctrinaria y otra más progresista, diferenciadas, en general, por
la extensión de los derechos y libertades y por la base social que nutre a cada
uno, la nobleza y burguesía alta a los moderados y la burguesía baja a los
progresistas. Las diferencias se extienden también al terreno económico, los
moderados defienden el proteccionismo y los impuestos indirectos y los
progresistas el librecambismo y la abolición de los impuestos de consumos. Los
moderados defienden el centralismo y los progresistas un mayor poder de los
poderes locales y de la Milicia Nacional. La religión también los separa: los
moderados, dominio y privilegios para la iglesia católica; los progresistas,
defensores de la libertad de cultos y reducir el poder de la Iglesia.
La
primera característica de ese modelo, y en contraposición con el absolutismo, es
quien es el depositario de la soberanía, en este caso la soberanía reside en la
nación, identificándose esta con las Cortes (versión progresista) o siendo la
soberanía compartida entre las Cortes y el rey (versión moderada), y la idea de
la separación y moderación de los poderes. Los poderes deben estar repartidos:
el ejecutivo en manos del Rey y ministros (amplios poderes para el rey en la
versión moderada, los nombra y los separa libremente), el legislativo, en manos
de las Cortes o Parlamentos (con dos cámaras Congreso o Cámara Baja, de
elección popular y Senado o Cámara Alta en el que el rey interviene eligiendo a
senadores de una terna (progresista) o los nombra él directamente -versión
moderada-, en principio reservada para gente de mayor edad y riqueza) y el
judicial en manos de los jueces y tribunales inamovibles. Los poderes
separados, limitados y con mecanismos de control para evitar el abuso del
poder, característico del absolutismo. Otro rasgo es la defensa de derechos
individuales inalienables que el estado tiene que defender: vida, libertad,
propiedad, seguridad, expresión, igualdad ante la ley, la limitación de poder
político y el derecho de los ciudadanos a participar en el sistema político, el
sufragio y el derecho a ser escogido. Los moderados entienden estos derechos de
modo reducido y no aplicables a toda la sociedad, y los progresistas de un modo
más amplio y que afecten a un número mayor de ciudadanos. La existencia de una Constitución
que recoja los principios políticos y la existencia de instituciones
representativas de los ciudadanos (las Cortes o Parlamentos).
Desde
la llegada del liberalismo se irá produciendo una separación (doceañistas y
exaltados o veinteañistas en el Trienio) para acabar separados en moderados y
progresista a partir de los años 30, aunque los progresistas fueron rebajando
algo sus propuestas. La versión
dominante será la moderada y tendrá su
plasmación en la Constitución de 1845, vigente, a excepción del bienio 54-56,
hasta la revolución de 1868, que acaba con el reinado de Isabel II. Dentro del
liberalismo moderado existen grandes personalidades como Martínez de la Rosa,
el general Narváez, Bravo Murillo, el marqués de Viluma o el autor del texto
Francisco Pacheco, un moderado “puritano” que pretendía la alianza con los
progresistas. Dentro de los progresistas destacan Mendizábal, Espartero,
Olózaga, Madoz o el general Prim. Tuvieron siempre en contra a la monarquía,
por lo que para acceder al poder tuvieron que recurría a los pronunciamientos.
También fueron los responsables de grandes obras legislativas como la
desamortización o la ley de ferrocarriles.
En
el texto de Francisco Pacheco hace referencia al sufragio, es decir a la
participación de los ciudadanos en el proceso político. Este es un elemento que
diferencia las posturas moderadas y progresistas. En la Constitución de Cádiz
se había señalado el sufragio universal masculino, indirecto y para mayores de
25 años. Pero en las formulaciones siguientes el liberalismo abandona esa idea
y establece el modelo de sufragio censitario, es decir establecer una cantidad
mínima de impuestos a pagar para poder votar y poder ser elegido. De ese modo
la burguesía se aseguraba el control del proceso político. En el texto
Francisco Pacheco indica que las clases ínfimas deben estar privadas e ese
derecho porque no lo ejercerían convenientemente. Hay que tener una renta para
poder participar, vivir desahogadamente. Así los moderados establecerán unos
niveles de renta muy elevadas reduciendo el censo a un porcentaje muy pequeño
de la población, aproximadamente 100.000 personas con la ley electoral de 1846;
por su parte, los progresistas cuando ocupan el poder intentaran ampliar el
derecho al voto a la burguesía baja. La idea de extender el sufragio a todos
los hombres, el sufragio universal del XIX, será la idea defendida por el
tercer sistema, el demócrata.
En
1849, por una escisión del partido progresista, aparece el partido demócrata que
constituyó la primera expresión del liberalismo democrático en España. Clandestino
e ilegal durante la mayor parte del reinado de Isabel II. Participa en la
revolución del 68. Después debido a las diferencias entre unitarios y
federales, republicanos y monárquicos acaba separándose y sus integrantes
pasando a formar parte de otras formaciones: republicanas (Pi y Margall) o el
Partido Demócrata Radical (formado por progresistas como Ruiz Zorrilla y
demócratas monárquicos –cimbrios- de
Cristino Martos). Defensores de la plena soberanía nacional, es decir popular,
el sufragio universal, la ampliación de las libertades públicas y la total
aconfesionalidad del Estado. Un aspecto interesante de sus objetivos fue su
concepto sobre el papel del Estado: según los demócratas, aquél debería
intervenir en la enseñanza, la asistencia social y el sistema fiscal para
corregir las desigualdades de los ciudadanos. Hasta los años 60 su incidencia
es muy pequeña, pero a partir de 1863 su número aumenta. Al final del reinado
de Isabel II su presencia es más fuerte y forman parte de los acuerdos con los
progresistas y militares para derrocar a Isabel II. En el Pacto de Ostende de
1866 se encuentra Cristino Martos, por los demócratas, unido a los progresistas
de Olózaga y militares como Prim, Serrano y Topete; después este pacto se
amplía con el de Bruselas de 1867 uniéndose los unionistas, después de la
muerte de Narváez. Así la
revolución del 68 contaba con los
unionistas que proporcionan la fuerza armada, con los progresistas que movían las
masas, y con los demócratas que
proporcionaban las ideas.
El 18 de septiembre
de 1868 la escuadra del almirante Topete
se subleva en Cádiz (“España con
honra”), se unen Prim y Serrano y la Revolución se extiende. Se forman Juntas Revolucionarias que se legitimaban
sometiéndose a un proceso electoral y que sustituían a las autoridades del régimen.
Las Juntas, como vemos en el doc. 3, pedían: el sufragio universal, la
concesión de derechos como expresión, reunión, cultos, enseñanza, la abolición
de los impuestos de consumos y quintas y elecciones a Cortes constituyentes; es
decir la base del ideario demócrata.
El gobierno y la
Corona estaban aislados y la derrota de
sus tropas en el Puente de Alcolea marcó la huida de Isabel II hacía Francia y la dimisión del gobierno. Se
formó un gobierno provisional en el que ya quedaron fuera los demócratas que
empezarán a decantarse por el republicanismo. La plasmación del ideario
demócrata se realiza en la Constitución de 1869.
La soberanía reside en la nación, entendiendo
una soberanía popular, reafirmada con el establecimiento del sufragio universal
masculino. En cuanto a la división de poderes: pretenden establecer una clara
separación, el ejecutivo en manos de la Corona –pero sometido a la soberanía
nacional y responsables ante las Cortes-, el legislativo en dos cámaras (una
parte de los demócratas quería una cámara), Congreso y Senado (se mantiene para
los mayores contribuyentes y de más edad), libremente escogidos, tienen la
función legislativa y la de controlar al ejecutivo. El poder judicial independiente,
inamovible e incorporan el jurado popular y la idea de la carrera judicial. En
lo referente a los derechos los demócratas los entienden de un modo amplio,
absoluto e ilegislable, se recogen los de expresión, reunión, asociación, la
libertad de cultos, la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las
comunicaciones y el sufragio universal masculino, entre otros. En cuanto a la
forma política, una parte era republicana y otra se decanta por la monarquía,
los llamados cimbrios. En lo referente a la religión defiende la
aconfesionalidad del estado y la reducción del poder de la Iglesia. En cuanto a
la participación del pueblo defiende el sufragio universal masculino para
mayores de 25 años.
La plasmación
de este modelo democrático se hará en la Constitución de 1869, pero durante los
seis años de vigencia tuvo muy poca aplicación. El abandono de las ideas
demócratas y sociales, es uno de los grandes problemas del Sexenio, que provoca
gran inestabilidad y que llevará a su fracaso, con la vuelta de la Restauración
después de la I República.
Estas son los
rasgos principales de los tres sistemas políticos propuestos.
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