COMPOSICIÓN10
LA REFORMA AGRARIA LIBERAL: LAS DESAMORTIZACIONES
ORIENTACIONES GRUPO DE TRABAJO: Sempre tendo
en conta a información subministrada polos documentos, o alumnado deberá
demostrar que entende o concepto de desamortización e, daquela, referirá as
razóns explicativas que a facían necesaria. Ademais, terá que vincular o
proceso de desamortización desenvolvido en España no s. XIX coas tendencias
liberais que o favorecen e paralizan. Tamén será preciso que afonde nas etapas
fundamentais do devandito proceso, indicando os seus obxectivos así como os
beneficiados e os prexudicados por ese feito. Finalmente, cumprirá que realice
un balance global dos efectos das desamortizacións nos distintos eidos
(político, socioeconómico e cultural).
La agricultura era la base de la economía. A esta actividad se dedicaba
el 80% de la población. La propiedad de la tierra estaba en manos de la Iglesia
y de la nobleza y la mayor parte estaba amortizada (instituciones laicas o
eclesiástica) o vinculada (bienes de las familias), no se podía comprar ni
vender (manos muertas). La institución del mayorazgo ejemplificaba esta
situación. Consistía en el derecho a vincular el conjunto de bienes al título
nobiliario. Además, la nobleza, iglesia y corona eran titulares de los señoríos,
extensas posesiones de las que recibían rentas.
Problemas: un general déficit de
producción agraria, con frecuentes crisis de subsistencias. En ese problema
general influye: la excesiva cantidad de tierras amortizadas (manos muertas),
la falta de abonado, el sistema de cultivo es extensivo, con
rotación bienal o trienal con barbecho, los rudimentarios aperos de labranza
(atraso técnico), el predominio del secano, un desequilibrio en la estructura
de la propiedad con predominio de latifundios y minifundios, el precio de los
arrendamientos, la poca tierra en manos de los agricultores (pocos
propietarios), los privilegios de la Mesta, la mala calidad de las semillas,
etc.
La reforma
agraria liberal que va a llevar
a cabo la burguesía forma parte del proceso de sustitución del Antiguo Régimen
por la sociedad capitalista, con el libre desarrollo de la propiedad agraria.
Se pretendía establecer una propiedad libre y “perfecta” frente a las
amortizaciones y vinculaciones; poder sacar la tierra al mercado para ser
comprada. Para crear este nuevo tipo de propiedad los gobiernos liberales
llevaron adelante las siguientes medidas:
- La
desamortización eclesiástica y municipal.
- La
desvinculación.
- La
abolición el régimen señorial.
- La
supresión del diezmo.
- La
regulación de los derechos de producción y distribución: libertades de mercado.
A) LA
DESAMORTIZACIÓN
La desamortización consiste en la
nacionalización por parte del Estado liberal de las propiedades rústicas y
urbanas en poder de la Iglesia y de los ayuntamientos para ser vendidos en
subasta. Afecta sobre todo a las propiedades que estaban en “manos muertas”.
Comienzan las desamortizaciones durante el
reinado de Carlos III, siendo afectadas, en parte, las tierras municipales. Con
Godoy, en tiempos de Carlos IV, se atacaron mínimamente los bienes
eclesiásticos, para paliar el déficit de la Hacienda, entre 1798 y 1808 se
pusieron a la venta las tierras pertenecientes a Hospitales, Hospicios, Casas
de Misericordia, de Reclusión y de Expósitos, Cofradías, Memorias, Obras pías y
Patronatos de Legos, así como el resto de propiedades de la Compañía de Jesús,
expulsada en 1767. Se continua el proceso desamortizador con las leyes de 1813
(Cortes de Cádiz), 1820 (Trienio), 1836 (desamortización eclesiástica de Mendizábal),
41,42 (Espartero) y 1855 (desamortización general de Madoz).
Los objetivos eran:
- Adaptar
la propiedad de la tierra a los principios del liberalismo y asentar una
propiedad individual y libre.
- Remediar
el déficit de la hacienda.
- Obtener
los fondos para la guerra carlista.
- Fortalecer
las bases sociales del régimen liberal al ampliar los propietarios y crear una
clase media favorable al régimen liberal.
Objetivos: Los objetivos de la desamortización
eran varios: Desde el punto de vista
económico se trataba de obtener dinero para el pago de la deuda pública y
mantenimiento de la guerra carlista; acabar con la gran cantidad de bienes
rústicos y urbanos en poder de la Iglesia, bienes de “manos muertas”, para que
entraran en el mercado libre; consolidar la propiedad privada; aumentar la
producción y productividad y crear un sistema económico liberal que fuera la
base para la industrialización y el crecimiento. Desde el punto de vista socio-político quería quitar la influencia
de la Iglesia y su apoyo a la causa carlista, crear una numerosa clase media de
propietarios agrícolas que apoyaran el nuevo sistema liberal constitucional.
La
desamortización de Mendizábal (RECORDAR CONTEXTO) se lleva a cabo entre 1836 y 49, afectando a
los bienes del clero regular,
salvo los que se dedicaban al auxilio social (hospicios, hospitales, enseñanza
de pobres...). Subastaron no solamente tierras, sino casas, monasterios y
conventos con todos sus enseres -incluidas
las obras de
arte y los
libros-. Primero fueron extinguidas las órdenes religiosas (decreto de
11 de oct. de 1835), después incautados los bienes (decreto de 19 de feb. 1836
y decreto de 29 julio de 1837) y
finalmente puestos a la venta en subastas públicas.
Durante la
regencia de Espartero (41-43) (RECORDAR CONTEXTO) fueron puestos en venta los
bienes del clero secular (ley de 2 de sept. De 1841. Ya habían sido puesto
en venta en 1837, pero esa ley había sido paralizada). Con esta operación
pasaron a manos privadas y del Estado una gran cantidad de propiedades rústicas
y urbanas (edificios y solares). Estas, a veces fueron abandonadas sufriendo un
gran deterioro, otras pasaron a ser empleadas por el Estado como centros
educativos o administrativos. Como compensación el Estado se obligó a sostener
los gastos de culto y clero (Concordato de 1851).
A
partir de 1844, los gobiernos moderados paralizaron la desamortización.
Alejandro Mon, ministro de Hacienda del gabinete constituido por Narváez el 3
de abril de 1844, mandó a Pedro Sainz de Andino la redacción de un decreto para
suprimir las ventas, por los retrasos en los pagos al clero, por la mala
conservación de los templos y por la retirada de la ley de 1841. En 1851
llegaron a acuerdos con el Vaticano (Concordato de 1851) por los que la Iglesia
aceptaba las desamortizaciones hechas a cambio del pago de los gastos de culto
y clero y otros privilegios.
La
desamortización de Madoz se produce
durante el Bienio Progresista (1854-56) (RECORDAR CONTEXTO). Afectaba a los
bienes pertenecientes al Estado y Municipios, y los que quedaban del clero sin
vender; por esto fue conocida como
desamortización General. La parte de tierras más importante era la de los
ayuntamientos; por eso esta ley también es conocida como la desamortización
municipal. Las tierras afectadas en los ayuntamientos eran las llamadas “de
propios” (tierra que el ayuntamiento tenía arrendada a un particular y que le
permitía obtener ingresos para cubrir sus gastos de funcionamiento) y “comunes”
(propiedades colectivas de los vecinos trabajadas de modo colectivo o
repartidas por turno). Los “bienes comunes” de los ayuntamientos podían no ser
vendidos si se consideran de interés común. La venta de estas tierras fue de
gran importancia para financiar obras públicas, como el ferrocarril, y pagar la
Deuda. Supuso un duro golpe para la financiación de los ayuntamientos y para
los campesinos con menos ingresos que se beneficiaban de las tierras colectivas.
El procedimiento de venta era el de subasta. Las propiedades eran organizadas en lotes y
tasadas, y después se hacía la subasta, siendo adjudicadas al mejor ofertante
(La división en lotes fue asignada a las comisiones municipales que no van a
controlar el proceso). El pago se podía hacer de dos modos: en efectivo, un
primer pago por valor de una quinta parte y el resto en quince años, o bien un
pago con títulos de deuda y el resto en plazos durante ocho años. Estos
mecanismos de pago favorecían a la burguesía y nobleza, ya que los lotes
ofertados eran grandes (precios altos que no podían pagar los campesinos) y los
mecanismos de pago les favorecían (son los que tienen dinero en efectivo y
títulos de deuda).
Algunos
problemas planteados: La Iglesia amenazó con la excomunión a los
vendedores y a los compradores. La división en lotes fue asignada a las
comisiones municipales que no van a controlar el proceso. Más interés en
recaudar dinero y favorecer a la burguesía, que en repartir la tierra y
reformar la agricultura. Los lotes no eran asequibles a los pequeños
propietarios y fueron comprados por la gente con dinero
(burguesía-nobleza). No se recauda tanto
porque se admite el pago con títulos de deuda, que además estaban devaluados,
con su valor nominal (favorecer a la burguesía).
Como CONSECUENCIAS
y a modo de balance podemos decir que:
- como
medida política: fue un éxito ya que consolida el régimen liberal. Los
compradores no tuvieron interés en volver al Antiguo Régimen. Hay que indicar
que una parte de los católicos se vuelven muy hostiles con el liberalismo, y
también que una parte del campesinado se vuelve antiliberal al ser perjudicado
por las reformas, ya que no puede comprar las tierras y se actualizan las
rentas, lo que los perjudica.
- A
nivel económico:
Logro
reducir, en parte, el déficit de la Hacienda y financió obras públicas (ferrocarril).
Obtuvo
el dinero para la guerra carlista.
No
impulsó un crecimiento de la productividad agraria ni transformaciones técnicas
en el proceso productivo. No se pensaba en una reforma Agraria sino en una
solución para la Hacienda.
Quizás
perjudicó a la industrialización al desviar dinero hacia la compra de tierras.
Los
ayuntamientos perdieron mecanismos para financiar actividades.
No
se logró una transformación de la distribución de la propiedad: en el sur se
acentuó la concentración de la propiedad (aumentan los latifundios) y en el
norte la dispersión. Los que ya eran rentistas y propietarios fueron los que
tenían dinero para comprar tierras.
No
se recauda tanto porque se admite el pago con títulos de deuda, que además
estaban devaluados, con su valor nominal (favorecer a la burguesía).
-
A nivel social:
Se
obtiene la propiedad plena en la mayoría de los casos, a excepción de Galicia
donde se mantuvo la división característica del sistema foral y los montes
comunales de municipios apenas se privatizaron.
Los
jornaleros y pequeños propietarios fueron perjudicados al perder los bienes
comunales y aumentarle las rentas a partir de 1840. Empeoran su situación.
No
se logra crear una masa de pequeños propietarios (Flórez Estrada[1])
interesada en la producción agrícola; lo que en realidad se produjo fue un gran
número de asalariados campesinos.
Los
lotes no eran asequibles a los pequeños propietarios y fueron comprados por la
gente con dinero (burguesía-nobleza).
La
Iglesia pierde las propiedades, por lo que el Estado se ve obligado a
compensarla con el pago de los gastos de culto e clero (Ley de 1841); también
se perdieron bienes de interés artístico. La Iglesia amenazó con la excomunión
a los vendedores y a los compradores.
La
gran beneficiada es la burguesía que adquiere la tierra, las propiedades
urbanas, el prestigio y el poder político. Más interés en recaudar dinero y
favorecer a la burguesía, que en repartir la tierra y reformar la agricultura.
De la parte
que viene a continuación::: desvinculación, etc… solo sería una cita pequeña….
B) LA
DESVINCULACIÓN
La
desvinculación es el proceso de eliminación de figuras jurídicas como el
mayorazgo, que impedían la libre disposición de la tierra por parte de sus
dueños. La tierra era recibida en herencia, no en propiedad sino como
usufructuario, y tenía que ser transmitida íntegramente al heredero, no se
podía fragmentar. Las Cortes de Cádiz inician el proceso de desvinculación,
será continuado durante los periodos progresistas (1820, 1836) rematando definitivamente
a partir de 1841.
C) LA
ABOLICIÓN DEL RÉGIMEN SEÑORIAL
Es
la eliminación de los dominios que ejercían los señores sobre los habitantes de
unos territorios y la conversión de esas tierras en particulares y libres. La
abolición del régimen señorial se lleva a cabo por las leyes de 1811, 1823 y
1837. Viene motivado por dos causas:
-Resultado del principio de soberanía nacional
marcado en las Cortes de Cádiz.
-Resultado de la falta de pago de las rentas
por parte del campesinado desde 1808.
Las
leyes de abolición distinguieron entre el señorío jurisdiccional y el
territorial. Los jurisdiccionales y los derechos procedentes de ellos fueron
suprimidos, mientras los territoriales pasaron a ser propiedad privada plena.
El conflicto radicó en distinguir entre señorío territorial y jurisdiccional.
Por la ley de desvinculación de patrimonios de 1837 los señores perdían sus
atribuciones jurisdiccionales, pero conservaban la propiedad de las tierras
(salvo que el campesino pudiera demostrar en un juicio la propiedad de la
tierra).
Como
consecuencia de este proceso de abolición de los señoríos los señores logran
consolidar la propiedad donde ya tenían propiedades desde el siglo XVIII
(Castilla la Mancha, Andalucía y Extremadura), aunque en otras zonas sufren reducciones.
La Iglesia perdió todo ya que la ley le impide tener propiedades.
D) LA
SUPRESIÓN DEL DIEZMO
El
diezmo era un impuesto que gravaba sólo a una clase social: la labradora. Su
base era el 10 % del producto agrícola y ganadero bruto –lo hace injusto-. Su
origen era feudal, aunque era un tributo eclesiástico y se repartía en tres
partes: una para el Tesoro (30 %), un 10 % a particulares y el 60% a la
Iglesia.
Es
suprimido definitivamente en 1837 y convertido en un impuesto general que cobra
la administración y que una parte destina a los gastos de culto y clero con los
que se dota a la Iglesia católica. En 1845, con la reforma impositiva los
gastos de culto y clero pasan a considerarse como un gasto más dentro de los
presupuestos generales del Estado. Como consecuencia, La iglesia perdió una
parte de sus ingresos, que no compensó la dotación estatal. Los campesinos
siguieron pagando lo mismo, ahora con otro nombre. Y los propietarios de las
tierras y los compradores de las tierras nacionalizadas se beneficiaron al
poder subir las rentas diciendo que ya no se pagaban los diezmos. Por su parte,
la Hacienda se vio perjudicada al tener que afrontar un gasto para el que no
tenía fuente de financiación.
El
diezmo y el poder de la Iglesia era algo que la ideología liberal progresista
no podía mantener y que había que eliminar, aunque no hubiese ninguna
rentabilidad económica. El liberalismo no se podía permitir un contratrapoder
(la Iglesia) financiado, además, con un impuesto no estatal. Y, finalmente, con
su supresión se ahondaba en la revolución liberal.
E)
REGULACIÓN DE LOS DERECHOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN: LIBERTADES DE MERCADO
El Estado liberal, desde 1813, formuló
disposiciones sobre la libertad de explotaciones de la propiedad de la tierra,
del comercio y de la industria: fin de la Mesta, libertad de contratos, de
precios, libertad en el comercio interior, abolición de gremios, libertad de
establecimientos de industria, etc.
CONSECUENCIAS
de toda la reforma agraria liberal ::::ya estaría puesto…. Solo un relleno
De modo general y sintético podemos señalar
las consecuencias siguientes que se desprenden de los procesos antes
mencionados:
- Como
medida política fue un éxito ya que ayudó a consolidar el régimen liberal.
- Ayudo
en el proceso de redistribución de riqueza:
- El
poder de la Iglesia fue eliminado.
- Los
nobles disminuyeron.
- El
patrimonio de los ayuntamientos fue suprimido.
- Los
campesinos pobres y jornaleros ven empeorar su situación.
- Aumentó
ligeramente el número de propietarios.
- Marca
la formación de las clases sociales en el XIX: Declive de la nobleza, se
consolida la burguesía y diferencia entre propietario y jornalero.
- Ayuda
a formación de una economía de mercado.
- Fue
distinta según las regiones.
LA DESAMORTIZACIÓN EN GALICIA: LA
PERMANENCIA DE LOS FOROS Hay que hacer
una alusión.. resumir para hacer una breve referencia.
En
Galicia al mantenerse el sistema foral hizo que una de las características de
la desamortización fuese la abundancia de rentas forales en las que lo que se
traspasó al adquiriente fue únicamente el dominio directo, es decir, el derecho
a percibir rentas forales, y no el dominio útil o la capacidad de explotar la
tierra, que siguió en manos del campesino. Antes de la Ley Madoz la
desamortización afectó casi exclusivamente al patrimonio eclesiástico, sobre un
70 %.
Los
que adquirieron los bienes desamortizados fueron nobles, hidalgos,
profesionales, funcionarios urbanos, comerciantes, grandes arrendatarios y
burgueses que tenían títulos de deuda Pública para pagar el precio en la puja.
Pero la estructura de la propiedad no se alteró: los foros de los monasterios
eran de los nuevos adquirientes, y los subforos de los hidalgos siguieron en la
misma situación.
En lo que se refiere a los bienes de propios
fue casi inexistente, y los montes siguieron en manos de las comunidades
explotados conjuntamente.
La
redención de los foros se realizó en el primer tercio del XX. La liquidación
del régimen foral se explica por tres motivos: la lucha que el campesinado hace
a favor de la redención dentro del movimiento agrarista que se desarrolló a
principios del XX; el aumento de los campesinos por la venta de excedentes y la
llegada a Galicia del dinero procedente de ultramar. En 1926 se promulgó la Ley
de redención de foros, por la que los pagadores de renta podían convertirse,
pagando una indemnización, en propietarios plenos de las tierras que
trabajaban.
[1] Político y economista del XIX. Crítico con la desamortización de Mendizabal
argumentando que favorecía claramente a las clases adineradas, cuya capacidad
adquisitiva les permitía comprar las tierras subastadas y aumentar sus extensas
propiedades. Ello hacía inviable un reparto de tierras equilibrado entre un
amplio sector de colonos y pequeños propietarios, circunstancia que hubiera
permitido incrementar la producción agraria. Como alternativa, planteó que el
Estado conservara la propiedad de las tierras desamortizadas y las cediese en
arriendo a los colonos que las trabajasen.
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