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sábado, 23 de septiembre de 2017

MODELO DE EXAMEN RESTAURACIÓN 2012

RESTAURACIÓN. MODELO DE EXAMEN DE 2012

ORIENTACIONES: Los siguientes documentos permiten elaborar una composición sobre los fundamentos políticos de la Restauración borbónica y el funcionamiento real del sistema. En la redacción, debes abordar las siguientes cuestiones: La concepción del sistema como una monarquía constitucional; la dinámica del “turno pacífico” entre dos partidos; la manipulación caciquil y electoral. Recuerda que no se trata de responder a preguntas aisladas, sino de realizar una composición coherente y argumentada, y que en la evaluación se tendrán en cuenta los conocimientos, la utilización de los documentos y la corrección de la expresión escrita.

Doc.1.-El Manifiesto de Sandhurst presenta en 1874 el programa político de la Restauración: “Huérfana la nación ahora de todo derecho público e indefinidamente privada de sus libertades, natural es que vuelva los ojos a su habitual derecho constitucional y a aquellas libres instituciones que ni en 1812 impidieron que defendiese su independencia ni terminar en 1840 otra empeñada guerra civil (...). Afortunadamente, la Monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad (...) para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la conveniencia de la nación. No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes no resolvieron los negocios arduos los Príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la Monarquía, y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo en mi condición presente, y cuando todos los españoles están ya habituados a los procedimientos parlamentarios”.

Doc.2.-Constitución de 1876: “Don Alfonso XII, por la Gracia de Dios, rey constitucional de España; a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que en unión y de acuerdo con las Cortes del reino, actualmente reunidas, hemos venido en decretar y sancionar la siguiente Constitución de la Monarquía española (...): Art.11. La religión Católica, Apostólica y Romana es la del Estado. La nación se obliga a mantener el culto y sus ministros (...). Art.18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. Art.19. Las Cortes están formadas por dos cuerpos colegisladores iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados (...). Art.50. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey (...)”.

Doc.3.-Gobiernos del turno pacífico, 1875-1902:

1875-1881 Cánovas, Martínez Campos                                 1892-1895 Sagasta
1881-1884 Sagasta, Posada Herrera                                       1895-1897 Cánovas
1884-1885 Cánovas                                                                1897-1899 Sagasta
1885-1890 Sagasta                                                                  1899-1901 Silvela, Azcárraga     
1890-1892 Cánovas                                                                1901-1902 Sagasta


Doc.4.-Benito Pérez Galdós critica el caciquismo en Política española (antología de artículos), 1884: “Consecuencia de todo ello es el caciquismo, el entronizamiento de ciertos individuos en las localidades, los cuales, como instrumentos del diputado, son dueños de los resortes administrativos (...). El cacique da y quita los míseros puestos de trabajo que disfrutan los más pobres del pueblo; suyos son el cartero, el secretario del Ayuntamiento, el peón caminero, el expendedor de efectos estancados. El cacique es quien al hacer el reparto de la contribución carga la mano al adversario, aliviando al amigo (...). Verdad es que el tirano de la aldea, que tan grandes servicios presta al diputado, sometiéndole la localidad, agobia a éste con sus exigencias (...)”.
Doc.5.-Valentí Almirall, republicano federal, denuncia el fraude electoral (1880): “Entre nosotros reina la farsa en toda su crudeza, una farsa completa, exclusiva de las elecciones españolas. Lo mismo si el sufragio es universal que restringido, nunca hay más que un solo elector: el ministro de la Gobernación. Éste con sus gobernadores de provincia y el innumerable ejército de empleados de todas clases, sin excluir los altos cargos de la magistratura y del profesorado, prepara, ejecuta y consuma las elecciones (...), desde el fondo de su despacho, situado en el centro de Madrid (...). Nada hay que sea sagrado: listas electorales, urnas, escrutinio, todo es falseado por nuestros políticos bajo la inmediata dirección del gobernador civil de cada provincia”.



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