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viernes, 23 de febrero de 2018

MODELO EXAMEN TRES SISTEMAS POLÍTICOS Y PROPUESTA DE SOLUCIÓN

MODELO DE EXAMEN SOBRE TRES SISTEMAS POLÍTICOS

En los textos propuestos se defienden tres sistemas políticos diferentes: absolutismo (Doc.]), liberalismo (Doc.2) y democracia (Doc.3). Atendiendo a ellos debes elaborar un texto en el que desarrolles las siguientes cuestiones: contextualización de cada documento en un período concreto de la historia de España; caracterización de cada uno de los regímenes en sus rasgos esenciales; diferencias entre ellos en aspectos esenciales, como la soberanía, la estructura del poder o los mecanismos de representación y participación. Recuerda que no se trata de responder a preguntas aisladas, sino de realizar una composición coherente y argumentada, y que en la evaluación se tendrán en cuenta los conocimientos, la utilización de los documentos y la corrección de la expresión escrita.

Doc.1.-En 1814, a la vuelta de Fernando VII a España, los partidarios del absolutismo firman el conocido como "Manifiesto de los persas":

"La monarquía absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que escogieron a sus reyes. Así que el soberano absoluto no tiene facultad de usar sin razón su autoridad (derecho que no quiso tener el mismo Dios); por eso fue preciso que el poder soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que mira al interés común, y obligar a la obediencia a los que se niegan a ella (...).
No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto en cuanto permita nuestra representación y nuestros votos particulares con la protesta de que se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V. M. ni por las provincias (...) porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentes perjuicios".

Doc.2: En 1845, Joaquín Francisco Pacheco, líder del Partido Moderado, defiende el sufragio restringido:

"Distinguimos hoy, señores, los derechos políticos de los derechos civiles; y si éstos los concedemos a todos los ciudadanos, no así los primeros, que no podemos otorgar sino a los que los han de ejercer bien (...).
El derecho electoral no será un derecho de todos, y las ínfimas clases de cualquier país deberán estar privadas de él por la razón sencilla de que no podrán ejercerlo convenientemente (...).
Se ha tomado por regla general como base para la concesión de este derecho el goce de cierta renta o el pago de determinada contribución. Este principio, señores, es racional y aceptable. La riqueza, o por mejor decir el bienestar, la vida holgada y fácil, en que el trabajo material no es una carga dura, no es la penosa ocupación de todos los momentos, y deja espacio para las concepciones del espíritu; ese bienestar mediano (...), ése es el que debe tomarse como condición de capacidad política, porque es el que da la inteligencia y la valía en el orden social (...).
Quien gana afanosamente su sustento en un trabajo ímprobo y con el sudor de su rostro, quien no puede disfrutar alguna vez el digno descanso (...), quien está reducido a un escaso jornal (...), no puede pretender la consideración ni la estima política".

Doc.3: Principios y objetivos que proclama el 20 de septiembre de 1868 la Junta Revolucionaria de Sevilla:

"1. La consagración del sufragio universal y libre, como base y fundamento de la legitimidad de todos los poderes y única verdadera expresión de la voluntad nacional.
2. La libertad absoluta de imprenta (...)
11. Cortes Constituyentes por sufragio universal directo, para que decreten una Constitución en armonía con las necesidades de la época".


PROPUESTA SOLUCIÓN TRES SISTEMAS POLÍTICOS DIFERENTES

Por sistema político podemos entender el conjunto de relaciones que se establecen entre los gobernantes y los gobernados, las instituciones de gobierno, sus funciones y los mecanismos de elección y participación.
En el examen se nos presentan tres modelos: el absolutismo, el liberalismo y la democracia.
El modelo del absolutismo está presentado con un fragmento del Manifiesto de los persas. Documento suscrito por 69 diputados de las Cortes y firmado por Bernardo Mozo de Rosales y presentado a Fernando VII el 12 abril de 1814, cuando este regresaba de su exilio en Francia, después de ser reconocido como rey de España por Napoleón, por el tratado el Valençai de 1813. El texto toma su nombre de una cita que contiene en referencia a una “supuesta” costumbre de los persas de pasar cinco días de anarquía después de la muerte de su rey. En el texto se critica la Constitución de Cádiz, la obra de las Cortes, a la que se relaciona con un periodo de anarquía y revolucionario y se hace una defensa del sistema del absolutismo, al que parece relacionarse casi con el despotismo ilustrado como vemos al final del primer párrafo: “para prescribir aos súbditos todo o que mira ao interese común, e obrigar á obediencia aos que se negan a ela (...).
Este documento y el apoyo de los nobles, unido al apoyo del ejército de general Elio, el de la Iglesia y el del pueblo, para quien seguía siendo El Deseado, convencieron a Fernando VII para abolir la obra de las Cortes de Cádiz y restituir el absolutismo. En Valencia, adonde se había dirigido Fernando VII para contactar con sus consejeros (también con el embajador inglés que era favorable a la anulación de la labor de las Cortes de Cádiz), desobedeciendo el recorrido que le había marcado las Cortes,  firmó los decretos de 4 de mayo y después se dirigió a Madrid, capturando a los liberales que no había logrado huir. A partir de ese momento intentará gobernar de un modo absoluto restaurando las instituciones del Antiguo Régimen,  aboliendo la Constitución de 1812 y su obra legislativa. Repondrá las instituciones del Antiguo Régimen, incluso la Inquisición,  perseguirá a los afrancesados y a los liberales, sobre los que ejercerá una gran represión y se  enfrentara durante su reinado con las opciones liberales, que se manifestarán a través de los pronunciamientos. También contó a su favor la restauración que se producía en Europa, Congreso de Viena y formación de la Santa Alianza.
El absolutismo es el modelo político vigente en Europa entre el siglo XVI y XVIII. Se caracteriza por tener el rey un poder absoluto. Se justifica en la teoría del origen divino del poder, defendida entre otros autores por Jean Bodino o Bossuet. Según esta teoría, le corresponde a rey, como representante de Dios, tener todos los poderes y ejercerlos sin limitación. Así el rey concentraba el poder ejecutivo, el judicial, el legislativo, el mando del ejército y contaba con el apoyo (e influencia) en la Iglesia. No existe división de poderes. Es el rey el que ostenta la soberanía, el  que tiene el último poder, por eso es Soberano. Pero el rey no tiene en realidad un poder absoluto, ya que tiene que contar con las instituciones parlamentarias que existan (Parlamentos), aunque no los convoque con frecuencia y pierdan importancia dado que su principal función era la de aprobar impuestos; tenga que depender de las justicias de cada territorio (aunque él puede modificar las decisiones, ya que su palabra es Ley) y necesite tener el apoyo de nobles e Iglesia, a cambio de grandes privilegios. El rey intenta tener todo el poder, el control absoluto, y ese fue casi conseguido en la Francia del rey Sol; pero en España los Borbón, aunque intentaron construir ese modelo no fueron capaces. Fernando VII es el último rey que intentó mantener el sistema del absolutismo, contando con la oposición de la nueva ideología que aparece a finales del XVIII, el liberalismo. Sus intentos por gobernar de un modo absoluto fracasaron, sobre todo por las dificultades económicas, por lo que al final de su reinado eran necesarias reformas que solo podía proporcionar el liberalismo.
El segundo modelo corresponde con el liberalismo. Su triunfo se produce definitivamente en España a partir del motín de la Granja de 1836 que obligó a la regente María Cristina, viuda de Fernando VII, a reponer la Constitución de Cádiz. La primera instalación se había producido con la Cortes de Cádiz y la promulgación de la Constitución de 1812 y después durante el Trienio Liberal. Desde la muerte de Fernando VII solo se habían producido unas pequeñas reformas en el sistema. Pero María Cristina necesitaba reformas económicas que solo podía proporcionar el liberalismo y también necesitaba el apoyo de los liberales para defenderse de los carlistas; por eso introduce unas pequeñas reformas, como el modelo de Estatuto Real de Martínez de la Rosa de 1834, que no satisfacían a los liberales, por eso llamó a Mendizabal en 1835 para ganarse el apoyo del liberalismo, pero lo cesó ante el inicio de las reformas que planteaba. Pero en 1836, los sargentos la obligan a reponer la Constitución del 12 y a llamar, otra vez a los liberales progresistas a formar gobierno.
                El liberalismo es una ideología que se desarrolla a finales del XVIII a partir de los ilustrados franceses (Montesquieu, etc.) y del parlamentarismo inglés. Es la expresión ideológica de la burguesía y defiende un sistema de poder basado en la libertad. Dentro del liberalismo se diferenciaran dos posturas, una más moderada o doctrinaria y otra más progresista, diferenciadas, en general, por la extensión de los derechos y libertades y por la base social que nutre a cada uno, la nobleza y burguesía alta a los moderados y la burguesía baja a los progresistas. Las diferencias se extienden también al terreno económico, los moderados defienden el proteccionismo y los impuestos indirectos y los progresistas el librecambismo y la abolición de los impuestos de consumos. Los moderados defienden el centralismo y los progresistas un mayor poder de los poderes locales y de la Milicia Nacional. La religión también los separa: los moderados, dominio y privilegios para la iglesia católica; los progresistas, defensores de la libertad de cultos y reducir el poder de la Iglesia.
                La primera característica de ese modelo, y en contraposición con el absolutismo, es quien es el depositario de la soberanía, en este caso la soberanía reside en la nación, identificándose esta con las Cortes (versión progresista) o siendo la soberanía compartida entre las Cortes y el rey (versión moderada), y la idea de la separación y moderación de los poderes. Los poderes deben estar repartidos: el ejecutivo en manos del Rey y ministros (amplios poderes para el rey en la versión moderada, los nombra y los separa libremente), el legislativo, en manos de las Cortes o Parlamentos (con dos cámaras Congreso o Cámara Baja, de elección popular y Senado o Cámara Alta en el que el rey interviene eligiendo a senadores de una terna (progresista) o los nombra él directamente -versión moderada-, en principio reservada para gente de mayor edad y riqueza) y el judicial en manos de los jueces y tribunales inamovibles. Los poderes separados, limitados y con mecanismos de control para evitar el abuso del poder, característico del absolutismo. Otro rasgo es la defensa de derechos individuales inalienables que el estado tiene que defender: vida, libertad, propiedad, seguridad, expresión, igualdad ante la ley, la limitación de poder político y el derecho de los ciudadanos a participar en el sistema político, el sufragio y el derecho a ser escogido. Los moderados entienden estos derechos de modo reducido y no aplicables a toda la sociedad, y los progresistas de un modo más amplio y que afecten a un número mayor de ciudadano. La existencia de una Constitución que recoja los principios políticos y la existencia de instituciones representativas de los ciudadanos (las Cortes o Parlamentos).
                Desde la llegada del liberalismo se irá produciendo una separación (doceañistas y exaltados o veinteañistas en el Trienio) para acabar separados en moderados y progresista a partir de los años 30, aunque los progresistas fueron rebajando algo sus propuestas.  La versión dominante será la moderada y  tendrá su plasmación en la Constitución de 1845, vigente, a excepción del bienio 54-56, hasta la revolución de 1868, que acaba con el reinado de Isabel II. Dentro del liberalismo moderado existen grandes personalidades como Martínez de la Rosa, el general Narváez, Bravo Murillo, el marqués de Viluma o el autor del texto Francisco Pacheco, un moderado “puritano” que pretendía la alianza con los progresistas. Dentro de los progresistas destacan Mendizábal, Espartero, Olózaga, Madoz o el general Prim. Tuvieron siempre en contra a la monarquía, por lo que para acceder al poder tuvieron que recurría a los pronunciamientos. También fueron los responsables de grandes obras legislativas como la desamortización o la ley de ferrocarriles.
                En el texto de Francisco Pacheco hace referencia al sufragio, es decir a la participación de los ciudadanos en el proceso político. Este es un elemento que diferencia las posturas moderadas y progresistas. En la Constitución de Cádiz se había señalado el sufragio universal masculino, indirecto y para mayores de 25 años. Pero en las formulaciones siguientes el liberalismo abandona esa idea y establece el modelo de sufragio censitario, es decir establecer una cantidad mínima de impuestos a pagar para poder votar y poder ser elegido. De ese modo la burguesía se aseguraba el control del proceso político. En el texto Francisco Pacheco indica que las clases ínfimas deben estar privadas e ese derecho porque no lo ejercerían convenientemente. Hay que tener una renta para poder participar, vivir desahogadamente. Así los moderados establecerán unos niveles de renta muy elevadas reduciendo el censo a un porcentaje muy pequeño de la población, aproximadamente 100.000 personas con la ley electoral de 1846; por su parte, los progresistas cuando ocupan el poder intentaran ampliar el derecho al voto a la burguesía baja. La idea de extender el sufragio a todos los hombres, el sufragio universal del XIX, será la idea defendida por el tercer sistema, el demócrata.
                En 1849, por una escisión del partido progresista, aparece el partido demócrata que constituyó la primera expresión del liberalismo democrático en España. Clandestino e ilegal durante la mayor parte del reinado de Isabel II. Participa en la revolución del 68. Después debido a las diferencias entre unitarios y federales, republicanos y monárquicos acaba separándose y sus integrantes pasando a formar parte de otras formaciones: republicanas (Pi y Margall) o el Partido Demócrata Radical (formado por progresistas como Ruiz Zorrilla y demócratas monárquicos –cimbrios- de Cristino Martos). Defensores de la plena soberanía nacional, es decir popular, el sufragio universal, la ampliación de las libertades públicas y la total aconfesionalidad del Estado. Un aspecto interesante de sus objetivos fue su concepto sobre el papel del Estado: según los demócratas, aquél debería intervenir en la enseñanza, la asistencia social y el sistema fiscal para corregir las desigualdades de los ciudadanos. Hasta los años 60 su incidencia es muy pequeña, pero a partir de 1863 su número aumenta. Al final del reinado de Isabel II su presencia es más fuerte y forman parte de los acuerdos con los progresistas y militares para derrocar a Isabel II. En el Pacto de Ostende de 1866 se encuentra Cristino Martos, por los demócratas, unido a los progresistas de Olózaga y militares como Prim, Serrano y Topete; después este pacto se amplía con el de Bruselas de 1867 uniéndose los unionistas, después de la muerte de Narváez.             Así la revolución del 68 contaba con los unionistas que proporcionan la fuerza armada, con los progresistas que movían las masas, y con  los demócratas que proporcionaban  las ideas.
                El 18 de septiembre de 1868 la escuadra del almirante Topete se subleva en Cádiz (“España con honra”), se unen Prim y Serrano y la Revolución se extiende. Se forman Juntas Revolucionarias que se legitimaban sometiéndose a un proceso electoral y que sustituían a las autoridades del régimen. Las Juntas, como vemos en el doc. 3, pedían: el sufragio universal, la concesión de derechos como expresión, reunión, cultos, enseñanza, la abolición de los impuestos de consumos y quintas y elecciones a Cortes constituyentes; es decir la base del ideario demócrata.
El gobierno y la Corona estaban aislados y  la derrota de sus tropas en el Puente de Alcolea marcó la huida de Isabel II hacía Francia y la dimisión del gobierno. Se formó un gobierno provisional en el que ya quedaron fuera los demócratas que empezarán a decantarse por el republicanismo. La plasmación del ideario demócrata se realiza en la Constitución de 1869.
 La soberanía reside en la nación, entendiendo una soberanía popular, reafirmada con el establecimiento del sufragio universal masculino. En cuanto a la división de poderes: pretenden establecer una clara separación, el ejecutivo en manos de la Corona –pero sometido a la soberanía nacional y responsables ante las Cortes-, el legislativo en dos cámaras (una parte de los demócratas quería una cámara), Congreso y Senado (se mantiene para los mayores contribuyentes y de más edad), libremente escogidos, tienen la función legislativa y la de controlar al ejecutivo. El poder judicial independiente, inamovible e incorporan el jurado popular y la idea de la carrera judicial. En lo referente a los derechos los demócratas los entienden de un modo amplio, absoluto e ilegislable, se recogen los de expresión, reunión, asociación, la libertad de cultos, la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones y el sufragio universal masculino, entre otros. En cuanto a la forma política, una parte era republicana y otra se decanta por la monarquía, los llamados cimbrios.  En lo referente a la religión defiende la aconfesionalidad del estado y la reducción del poder de la Iglesia. En cuanto a la participación del pueblo defiende el sufragio universal masculino para mayores de 25 años.
La plasmación de este modelo democrático se hará en la Constitución de 1869, pero durante los seis años de vigencia tuvo muy poca aplicación. El abandono de las ideas demócratas y sociales, es uno de los grandes problemas del Sexenio, que provoca gran inestabilidad y que llevará a su fracaso, con la vuelta de la Restauración después de la I República. 
Estas son los rasgos principales de los tres sistemas políticos propuestos.





CONCEPTOS 4º EXAMEN


FET DE LAS JONS: La Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET y de las JONS) fue el partido único del régimen franquista y, a efectos legales, el único partido permitido en España tras la guerra civil. A pesar de su nombre oficial, durante la dictadura fue comúnmente conocido como el “Movimiento Nacional” (El nombre evoca una fuerza nacional (es decir, no regional y sí unitaria, de toda la nación), en continua evolución (movimiento)). Fue creado por Francisco Franco el 19 de abril 1937 al unificar a FE y de las JONS con la Comunión Tradicionalista, mediante el llamado Decreto de Unificación, los restantes partidos políticos fueron prohibidos. Los dirigentes que se opusieron: el falangista Manuel Hedilla fue encarcelado y el carlista Fal Conde desterrado. La Falange Española (FE) era un partido político español, de ideología fascista fundado el 29 de octubre de 1933 por José Antonio Primo de Rivera. El 15 de febrero de 1934 FE se fusionó con las Juntas de Ofensiva Nacional-Sindicalista (JONS), fundadas por Onésimo Redondo y Ramiro Ledesma Ramos, entre otros, en 1931, de ideología nacional-sindicalista, totalitaria y contrario a los partidos políticos y al sistema democrático.

BRIGADAS INTERNACIONALES: Batallones de voluntarios internacionales que intervinieron en España a favor de la República. Llegaron a intervenir más de 50.000 voluntarios, aunque nunca coincidieron más de 20.000 al mismo tiempo. La mayoría provenían del marxismo de los distintos países, pero también había idealistas antifascistas de toda ideología. De más de 40 países de origen fueron muy conocidos el Batallón Lincoln (norteamericano), el Garibaldi (italiano), el Thälmann (alemán). Esto hizo que en territorio español intervinieran italianos contra italianos o alemanes contra alemanes.  Intervino por primera vez en la defensa de Madrid (noviembre de 1936) y abandonaron el país tras la derrota de la Batalla del Ebro, ya en octubre de 1938 en el contexto de las presiones del Comité de No Intervención y después del Pacto de Munich (septiembre de 1938) entre Hitler y Francia/Inglaterra.  La acción de los brigadistas internacionales fue divulgada por escritores como E. Hemingway, en obras como “Por quién doblan las campanas”. Su contribución bélica no fue tan determinante como lo fue la ayuda alemana e italiana al bando nacional.
LEGIÓN CONDOR:  Se llamó así al contingente alemán de aviación (unos 5.000 hombres y 130 aviones) que ayudaron al bando franquista en la guerra civil. Llegaron a principios de 1937 saltándose los acuerdos del Comité de No Intervención y son recordados principalmente por la acción del bombardeo de Guernica (26 de abril de 1937), primer experimento de bombardeo indiscriminado a una población civil. Así la guerra española fue utilizada por el nazismo alemán como “banco de pruebas” para la próxima guerra mundial.

SECCIÓN FEMENINA: Fue la rama femenina del partido Falange Española, y posteriormente de FET de las JONS. La Sección Femenina fue constituida en Madrid en 1934. Fue dirigida desde su nacimiento hasta su liquidación por Pilar Primo de Rivera, hermana del fundador de Falange. Servía de encuadramiento y control de las mujeres. Usada por el régimen para ganarse el apoyo de las mujeres, y erigirlas como pieza clave de su construcción de la nación. Ellas eran las madres de la patria.  La idea era imponer una vuelta a los valores tradicionales, pertenecientes a las corrientes reaccionarias del siglo XIX e inicios del XX, donde la mujer quedaba ligada a las tareas domésticas, y ensalzada por su faceta como madre. Un modelo de mujer definido por el ideario del patriarcado nacional católico. El fin último de la Sección Femenina era difundir en el imaginario social la figura de la mujer como perfecto ángel del hogar, y pilar fundamental de la familia y los valores tradicionales que alejaban a la mujer de la vida política del país. Fue disuelta tras la muerte del general Franco y el consiguiente desmontaje del régimen.

SINDICATO VERTICAL: Organización Sindical Española (OSE). Nombre con el que se conoce al único sindicato permitido durante la España franquista. Su origen se sitúa en el Fuero del Trabajo de 1938 y se configura con dos leyes de 1940. El 26 de enero de 1940 se promulgó la llamada Ley de Unidad Sindical que establecía que empresarios y trabajadores se integrarían en una única organización sindical bajo el mando de FET y de las JONS. Es un sindicato que agrupa a patronos y obreros, organizado por ramas de producción y bajo la dirección del Estado. Sustituyó a los sindicatos obreros, prohibidos y desarticulados durante la guerra civil.
NACIONAL-CATOLICISMO: Doctrina política que surgió en la España franquista que se caracterizaba por la estrecha vinculación entre la Iglesia Católica y el Estado. La Iglesia tenía una fuerte influencia en la educación, moral y otras parcelas de la vida social. Implicaba un sometimiento de la Iglesia al régimen de Franco a cambio de la influencia de la Iglesia en la vida social. Tiene una gran presencia sobre todo en la etapa de 1945 a 1959, para intentar dar una imagen no tan fascista de España ante el bloqueo los países democráticos, poniendo énfasis en los valores del catolicismo.

PLAN DE ESTABILIZACIÓN: Diseñado en 1959 bajo los auspicios del Fondo Monetario Internacional y la OECE (Organización Europea de Cooperación Económico) y la participación de ministros aperturistas (Navarro Rubio y Alberto Ullastres). Ideado por los economistas “tecnócratas” supone el fin del “autarquismo” económico franquista de posguerra. Pretende paliar la bancarrota en la que se encontraba España, e iniciar un nuevo proceso económico, que condujera a la modernización del país. Se solicitaron créditos al FMI Y a la OCDE, a cambio España debería abrir las fronteras a la inversión extranjera, devaluar la peseta con respecto al dólar, limitar el gasto público, suprimir los subsidios a empresas públicas, y subir los tipos de interés bancarios.

CONTUBERNIO DE MUNICH: Fue el nombre peyorativo (la pone de moda el diario Arriba; contubernio: unión para fines censurables. Palabra muy usada por el franquismo) que se dio para ridiculizar en los medios de comunicación franquistas al Congreso del Movimiento Europeo de junio de 1962 que reúne en Munich a opositores del régimen franquista del interior de España y del exilio (Salvador de Madariaga). Se realiza en el momento del inicio de conversaciones de España con la CEE (Comunidad Económica Europea). Reclamaban para España la instalación de instituciones democráticas antes de integrarse en Europa. Disgustó mucho a Franco porque grupos que hasta entonces no habían ejercido más que una tímida oposición al Régimen ahora se mostraban muy activos. Se produjo una fuerte represión política sobre los participantes: detenciones y algunos destierros temporales de los que volvían de él.
PLATAJUNTA: Coordinación Democrática, popularmente conocida como Platajunta. La coalición surgió de la fusión de la Junta Democrática de España (establecida en 1974 por el PCE y distintas figuras vinculadas a Don Juan de Borbón, con la adhesión de CCOO, PSP, PTE, ASA e independientes) con la Plataforma de Convergencia Democrática (establecida en 1975 por el PSOE, Movimiento Comunista, democristianos y socialdemócratas). El organizador de la fusión de la Platajunta fue Antonio García-Trevijano. Sus objetivos eran la amnistía, la libertad política y la convocatoria de elecciones a Cortes Constituyentes.

LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA: Ley fue aprobada el 18 de noviembre de 1976 por las Cortes franquistas, y sometida a referéndum el 15 de diciembre posterior, con una participación del 77 % del censo y un 94,17 % de votos a favor. Tenía el carácter de Ley Fundamental, siendo la última de las Leyes Fundamentales franquistas. Permitió pasar del régimen dictatorial de Franco al actual sistema democrático. Posibilitó avanzar hacia la democracia de "de la ley a la ley a través de la ley". Se reconocía la soberanía nacional y se otorgaba a las Cortes la facultad de elaborar junto con el gobierno y el rey las leyes. Estas nuevas Cortes convocaran las Cortes constituyentes, que elaboraran la Constitución de 1978. Las Cortes franquistas aceptaron este cambio gracias a la política y a la convicción del sector aperturista liderado por Adolfo Suárez y Torcuato Fernández Miranda. Inició la “voladura controlada del régimen”.
UCD: Unión de Centro Democrático (UCD) fue una coalición política y, posteriormente, un partido político (4 de agosto de 1977) español liderado por Adolfo Suárez, que ejerció un papel protagonista durante la transición a la democracia, liderando el Gobierno de España entre 1977 y 1982. Sus principales componentes se declaraban demócrata-cristianos, liberales, socialdemócratas o independientes, siendo estos últimos frecuentemente elementos procedentes del régimen franquista.


PACTOS DE LA MONCLOA: Acuerdos firmados en 1977 (25 de octubre) (gobierno de UCD, Adolfo Suárez) por los principales partidos, organizaciones empresariales y sindicales y aprobados por las Cortes, que supusieron el primer gran conjunto de medidas para afrontar la crisis económica iniciada en 1973 y con el objetivo de procurar la estabilización del proceso de transición al sistema democrático. Los pactos eran: Acuerdo sobre el programa de saneamiento y reforma de la economía y Acuerdo sobre el programa de actuación jurídica y política. Sus dos objetivos básicos fueron reducir la inflación (situarla en el 14 % en tres años) y poner en práctica un conjunto de reformas para repartir equitativamente los costes de la crisis. Sus principales actuaciones fueron el control del gasto público, devaluación de la peseta, fiscalidad progresista, nuevas relaciones laborales y aumento de salarios con respecto a la inflación. En el campo político, se suprimía la censura previa, se aprobaban los derechos de asociación, reunión y expresión mediante la propaganda, se crea el delito de tortura y se derogó la estructura del Movimiento Nacional. Estos Pactos han quedado como ejemplo de responsabilidad y colaboración de todas las fuerzas políticas en momentos de crisis.