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martes, 7 de noviembre de 2017

CONCEPTOS

CONCEPTOS  PARA EL PRIMER EXAMEN
ANTIGUO RÉGIMEN: Sistema de organización social, económico y político de Europa entre los siglos XVI y XVIII; caracterizado en lo político por el predominio de la monarquía absoluta, en lo social por la estructura estamental y en lo económico por el predominio de la agricultura de base señorial.
DECRETOS DE NUEVA PLANTA: Los Decretos de Nueva Planta son varios de decretos promulgados entre 1707 y 1716, por el rey Felipe V de Borbón, vencedor de la Guerra de Sucesión Española, por los cuales quedaron abolidas las leyes e instituciones propias del Reino de Valencia y del Reino de Aragón el 29 de junio de 1707, del Reino de Mallorca el 15 de noviembre de 1715 y del Principado de Cataluña el 16 de enero de 1716, todos ellos integrantes de la Corona de Aragón que se habían decantado por el archiduque Carlos, poniendo fin así a la estructura compuesta de la Monarquía Hispánica de los Austrias. Se impone el modelo de monarquía absoluta, uniformizada y centralizada característica de los Borbones.
DESPOTISMO ILUSTRADO: Forma de gobierno autoritario que practicaron distintos reyes en la segunda mitad del siglo XVIII en Europa, combinando la monarquía absoluta con las ideas de la Ilustración. Trataron de promover la mejora de las condiciones de vida de los súbditos sin quebrar el esquema socio-político básico del Antiguo Régimen. Lema: “todo para el pueblo pero sin el pueblo”. Ejemplo: Carlos III en España.
CATASTRO DE ENSENADA: averiguación (estudio) realizado en la Corona de Castilla sobre las características económicas y geográficas de todas sus poblaciones y la información detallada sobre los vecinos, familias, bienes, oficios y rentas. Fue decretada en 1749 por Fernando VI a propuesta de su ministro Zenón de Somodevilla, marqués de la Ensenada. Realizada entre 1750 y 1754. Sería la base para el proyecto de una única contribución proporcional a la riqueza que sustituiría al complejo modelo de recaudación de impuestos existente.
PAZ DE UTRECHT: Conocido como Paz de Utrecht o Tratado de Utrecht-Rastatt, es, en realidad, un conjunto de tratados firmados por los estados antagonistas en la Guerra de Sucesión Española entre los años 1713 y 1715 en la ciudad holandesa de Utrecht y en la alemana de Rastatt. Por un lado, Castilla, Navarra, Provincias vascongadas y Francia, por otro, Austria, Gran Bretaña y Holanda, fundamentalmente, por el que Felipe V es reconocido como rey de España y de las colonias americanas (renunciando a los derechos sobre el trono de Francia), pero los territorios europeos de la monarquía son repartidos: el Milanesado, Flandes, Nápoles y Cerdeña para Austria; Sicilia para Saboya ; fortalezas en Bélgica para los Países Bajos y Gibraltar y Menorca para Gran Bretaña, junto con el monopolio del comercio de esclavos con América (Tratado de asiento de negros).
MOTÍN DE ESQUILACHE: moviemiento popular de protesta originado 23 de marzo de 1766 como consecuencia de una orden sobre indumentaria (capas y sombreros) en el que estallan motines populares contra Esquilache y los “reformadores” (asesores italianos que vienen con Carlos III), también se critica el precio de los alimentos, los ministros extranjeros, oposición de los privilegiados, etc. Carlos III tiene que cesar a Esquilache, para reformas, disminución del precio de productos, nombrar secretarios españoles (Aranda); después se expulsará a los jesuitas.
REGALISMO BORBÓNICO: era una doctrina jurídica, surgida y desarrollada en paralelo a la monarquía absoluta, que propugnaba (defendía) la superioridad del rey sobre la Iglesia en cualquier ámbito que no fuera la pura doctrina religiosa; en este sentido, los monarcas borbónicos españoles, como otros monarcas absolutos, pretendían someter a su autoridad a la Iglesia de su nación, especialmente, mediante el nombramiento de los principales cargos eclesiásticos (Patronato regio).
AFRANCESADO: Españoles colaboracionistas con el gobierno de José I, hermano de Napoleón. Unos, influidos por la Ilustración aceptaron el cambio dinástico persuadido de que la colaboración con Napoleón era útil para la modernización de España y que los últimos borbones habían demostrado notaría incapacidad de gobierno, otros son simples arribistas que aprovechan la oportunidad para poder ocupar puestos importantes; afrancesados influyentes fueron  Azanza, Ceballos, etc. Con el regreso de Fernando VII serán perseguidos.
PRONUNCIAMIENTO: Alzamiento militar destinado a derribar un gobierno o a presionar sobre él. Es propio de la España del S.XIX. Un jefe militar es el cabecilla y esconde intereses de grupos de presión para cambiar el rumbo del país. El primer pronunciamiento que se conoce como tal es el de Espoz y Mina en 1814 que intenta restablecer la constitución de 1812. Riego en 1820 en Cabezas de San Juan lo conseguirá dando paso al Trienio Liberal. El pronunciamiento ha sido un mecanismo habitual en la Historia del S.XIX.
ESTATUTO REAL DE 1834: Carta otorgada o autolimitación del poder que hace la regente María Cristina, y refrendada por el gobierno. Su artífice fue el liberal Martínez de la Rosa, al que la regente había confiado el Gobierno para salvar el trono del partido absolutista ante el avance carlista. El Estatuto se fundamenta en las leyes tradicionales de la monarquía, aunque reconocía algunas libertades, no había sido elaborado ni aprobado por las cortes. Establecía un régimen basado en la soberanía del rey y de las cortes. Estas estaban formadas por dos cámaras: La de próceres, constituida por nobles, clérigos y burgueses designados por la corona, y la de procuradores, cuyos miembros eran elegidos, por sufragio censitario, entre las personas que tenían una renta anual elevada.
ABDICACIÓN DE BAYONA: renuncias obligadas al trono del Reino de España efectuadas por Carlos IV y por Fernando VII ante el emperador Napoleón Bonaparte en la ciudad francesa de Bayona, el 5 de mayo de 1808. El trono pasaría a José I Bonaparte. Nunca fueron reconocidas por las Cortes de Cádiz.
TRATADO DE VALENÇAY: acuerdo firmado en la localidad francesa de Valençay, el 11 diciembre de 1813, por el que el emperador Napoleón I reconocía a Fernando VII como rey de España, como consecuencia de las derrotas sufridas en la Guerra de la Independencia. Se permite el regreso de Fernando VII a España y se efectuaba el intercambio de prisioneros. También se establecía que los colaboradores del rey José I no serían perseguidos. Este tratado no fue respetado en su totalidad por las Cortes españolas.
MANIFIESTO DE LOS PERSAS: documento firmado por varias decenas de diputados  (69 ) absolutistas de las Cortes de Cádiz solicitando al rey Fernando VII – que ha vuelto, derrotado Napoleón, de su exilio- la nulidad de la Constitución liberal de Cádiz de 1812 y la vuelta al absolutismo, el 12 de abril de 1814 en Madrid, a cuya cabeza se encontraban Bernardo Mozo de Rosales y Juan López Reina.

PRAGMÁTICA SANCIÓN: llamada la así la Pragmática Sanción de 1830. Disposición del rey con rango de ley (Prágmatica) que había sido dispuesta por Carlos IV y aprobada por las Cortes en 1789, pero que no había entrado en vigor por la falta de sanción real. Fernando VII la firma y hace pública en el contexto de asegurar la descendencia para sus futuros hijos/as. Se vuelve a la ley de sucesión tradicional española  que permite reinar a las mujeres sino tienes hermanos varones y se elimina la Ley Sálica impuesta por Felipe V en 1713.

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