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viernes, 1 de septiembre de 2017

BLOQUE 1. La Península Ibérica desde los primeros humanos hasta la desaparición de la monarquía Visigoda (711)

Bloque 1. La Península Ibérica desde los primeros humanos hasta la desaparición de la monarquía Visigoda (711)


B1.1. De la prehistoria a la monarquía visigoda: prehistoria (evolución del Paleolítico al Neolítico; pintura cantábrica y levantina; importancia de la metalurgia); configuración de las áreas celta e ibérica (Tartesos, indoeuropeos e colonizadores orientales; cultura castrexa); Hispania romana (conquista y romanización de la Península; legado cultural romano; ejemplo gallego); monarquía visigoda (ruralización da economía; poder de la Iglesia y la nobleza).

 HEB1.1.1. Explica las diferencias entre la economía y la organización social del Paleolítico y del Neolítico, y las causas del cambio.
 HEB1.1.2. Identifica las diferencias entre una imagen de pintura cantábrica e otra de pintura levantina.
 HEB1.1.3. Describe los avances en el conocimiento de las técnicas metalúrgicas y explica sus repercusiones.
 HEB1.1.4. Resume las características principales del reino de Tartesos y cita las fuentes históricas para su conocimiento.
 HEB1.1.5. Explica el diferente nivel de desarrollo de las áreas celta e ibérica en vísperas de la conquista romana en relación con la influencia recibida dos indoeuropeos, el reino de Tartesos y de los colonizadores fenicios e griegos.
 HEB1.1.6. Dibuja un mapa esquemático de la Península Ibérica y delimita en el las áreas ibérica y celta.
 HEB1.1.7. Define el concepto de romanización y describe los medios empleados para llevarla a cabo.
 HEB1.1.8. Compara el ritmo y grado de romanización de los territorios peninsulares.
 HEB1.1.9. Resume las características de la monarquía visigoda y explica por que alcanzó tanto poder la iglesia y la nobleza.
 HEB1.1.10. Procura información de interese (en libros e internet) sobre o mantemento cultural e artístico do legado romano na España actual, e elabora unha breve exposición.
 HEB1.1.11. Representa en una línea del tiempo desde 250 a.C. ata 711 d.C., e sitúa en ella los principales acontecimientos históricos.
 HEB1.1.12. Partindo de fontes historiográficas, responde a cuestións ou situacións.


El PROCESO DE HOMINIZACIÓN Y PRIMERAS CULTURAS
El nombre del territorio peninsular: los griegos le llamaron Iberia (zona de todo el Mediterráneo), los romanos la denominaban como Hispania (no se conoce su origen) y al territorio del noroeste peninsular le llamaban Gallaecia.
Difícil su estudio ya que depende de los restos fósiles. Para explicar el poblamiento se habló de antepasados míticos (Colonización de Tubal, nieto de Noé, que conectaba con el mundo hebreo, etc.). Hoy para explicar la hominización contamos con los hayazgos de restos fósiles: los más importantes los de ATAPUERCA, Burgos. Otros restos:  Bañolas y Mollet (Girona), Cova Negra (Valencia), Camarco y Castillo (Santander) etc. Los restos más antiguos se corresponden con el Homo antecessor (800.000 años).

 HEB1.1.1. Explica las diferencias entre la economía y la organización social del Paleolítico y del Neolítico, y las causas del cambio.
O PALEOLÍTICO Se en tres etapas fundamentales:
- Paleolítico inferior: + de 100.000 años. Homo hábilis africano y restos de una nueva especie, el Homo antecessor, un pre-Neandertal.
             Restos líticos en Torralba (Soria) Gándaras de Budiño (Pontevedra).
- Paleolítico Medio: 100.000 a 35.000 años. Homo sapiens neandhertalensis
            Restos líticos na Cueva do Castillo (Cantabria), Gándaras de Budiño. Restos de práctica de rituales funerarios se encontraron en la Cueva de Morín (Cantabria).
- Paleolítico Superior: 35.000 a 8.000 años. Homo sapiens sapiens (Cromagnon)
            Lo más destacado de este periodo es la aparición del arte rupestre (Altamira, ...).
Los primeros restos paleolíticos encontrados de la Península se remontan a más de 800.000 años. Las condiciones climáticas de este largo periodo son muy diferentes a las actuales, y por lo tanto la fauna encontrada en los yacimientos (bisontes, renos, ciervos, mamuts, tigres dientes de sable, oso cavernario, etc.). Los primeros pobladores peninsulares eran depredadores, es decir, no producen alimentos y su economía se basa en la caza, la pesca, la recolección de frutos y el carroñeo. Practicaban el nomadismo y se desplazaban siguiendo los rebaños de los animales o cuando las condiciones climáticas resultaban muy desfavorables. Vivían en cuevas que les protegían del riguroso clima durante los periodos glaciares. Empleaban herramientas realizadas con piedra tallada (bifaces, etc.), en ocasiones de reducido tamaño. Tenían una organización social colectiva y vivían en pequeños grupos pero sin una clara división del trabajo o jerarquía social, aunque con cierta organización social ya que necesitaban la colaboración del grupo para la caza de algunos animales como el mamut.
El Mesolítico/Epipaleolítico (8.000-5.000) trascurre entre el Paleolítico y el Neolítico. En esta etapa el arte de las cuevas cantábricas desaparece y se da ahora un arte rupestre en la zona levantina, desde Lérida hasta Albacete. En cuevas y abrigos se representan, de manera estilizada y monocroma, conjuntos de hombres y de animales en escenas de cacería, luchas de hombres con arcos, recolección o danzas rituales.
El Neolítico (5.000-3.000) llega a España desde el Próximo Oriente a través de dos rutas: el Mediterráneo y el norte de África. Es un momento en el que el clima y la fauna son muy similares a los actuales, ya que las glaciaciones han remitido hace más de cinco mil años. Esas comunidades iniciaron la producción de alimentos (agricultura -trigo, cebada, leguminosas- y ganadería -cabras, ovejas-) y la elaboración de cerámica y tejidos y nuevas técnicas para trabajar la piedra (piedra pulida) para la fabricación de utensilios relacionados con las tareas agrícolas (hachas, azadas, hoces, molinos de mano…). La práctica de la agricultura, con la necesidad de atender la evolución de los cultivos, propició el sedentarismo y la creación de las primeras comunidades estables que habitaran poblados. Las estructuras sociales se van haciendo cada vez más compleja como resultado de una organización del trabajo más diversificado (profesiones como las de ceramista, tejedores…) y de la apropiación de los excedentes por un pequeño grupo de la sociedad. El hallazgo de objetos de prestigio en algunas tumbas indica la existencia de cierta jerarquía social. Algunos de estos objetos muestran la existencia de actividades comerciales a larga distancia.

 HEB1.1.2. Identifica las diferencias entre una imagen de pintura cantábrica y otra de pintura levantina.





 HEB1.1.3. Describe los avances en el conocimiento de las técnicas metalúrgicas y explica sus repercusiones.
AVANZANDO EN EL NEOLÍTICO ENTRAMOS EN AL LLAMADA EDAD DE LOS METALES
EL COBRE. CALCOLÍTICO
Hay indicios de fundición de cobre en Almería (Cultura de los Millares) asociados a la elaboración de la Cerámica del vaso campaniforme (vasos con forma de campana invertida y decoración incisa en forma de bandas) y núcleos de población de características preurbanas.
En Galicia, sobre o 3000 a. C. se extiende l CULTURA MEGALÍTICA, es decir la construcción de grandes monumentos de piedra de carácter funerario. Tipos:
                        . círculos líticos- -Cromlechs
                        . Menhires.
                        . Sepulcros- -Túmulos- -Mámoas- -Medorras.: Sepulcros hechos con piedra y tierra, con forma semiesférica (con el tiempo se añade un corredor de entrada); en el interior una estructura megalítica, el dolmen.
O BRONCE
            La aleación de cobre con estaño se produce sobre el 1800 a. C. La cultura de Argar (Almería) es la más representativa. Aparecen sociedades más complejas y jerarquizadas. En Galicia los restos más importantes: El Tesoro de Caldas de Reis e y realización de los Petroglifos. En Galicia al final del Bronce (600 a. C) enlaza con la Cultura Castreña sin una ruptura entre ellas.
O FERRO
Sobre o 1200 a. C. Con la llegada de los pueblos celtas se empieza a trabajar el hierro en la Península. En Galicia esta etapa se corresponde con la CULTURA CASTREÑA. 
El empleo de los metales propicio: el aumento del comercio para obtener metales (no se producen en todas partes), el desarrollo de núcleos urbanos, el desarrollo de nuevas ocupaciones como guerreros, sacerdotes o comerciantes, y el aumento de la diversidad social, la rivalidad entre distintas zonas, la aparición de inventos como la rueda, la vela o el arado y el desarrollo de construcciones más complejas (megalitismo, etc.).

LLEGADA DE PUEBLOS CENTROEUROPEOS Y MEDITERRÁNEOS
SOBRE EL 1100 a.C. llegan por el Pirineo pueblos procedentes de Europa central, traen la cultura del hierro y elementos celtas. En el nordeste peninsular se desarrolla la denominada cultura de los campos de urnas (urnas cerámicas para guardar cenizas. Siguen entrando más pueblos y se produce mezcla con los pueblos indígenas.
Por el Mediterráneo también entran pueblos: los primeros fueron los fenicios, fundan pequeñas colonias (Gadir, Malaca, Sexi…), le interesaban los metales.
Después llegan los griegos que procedían de Massalia (Marsella) se centran en Baleares y litoral catalán. Principal colonia fue Ampurias y Rosas.
Finalmente, los Cartagineses, pueblo fenicio de la colonia de Cartago, también se les llama púnicos. Fundan colonias y entraran en guerra con los romanos.
1ª Guerra Púnica: 264-241 a.C. Los Cartagineses son derrotados y abandonan Córcega, Cerdeña y Mediterráneo Oriental. Como consecuencia, se instalan definitivamente na Península: no 237 a.C. Amilcar controla desde Cádiz a Akra Leuké (Alicante)e no 228 a.C. Asdrubal controla hasta el Ebro.
2ª Guerra Púnica: 219-201 a.C. En el 220 Anibal ideó la conquista de Roma desde la Península Ibérica atravesando os Pirineos y Alpes. En su avance atacó Sagunto, aliada de Roma.
No 206 a.C. remata la presencia de los cartagineses (las tribus íberas ayudan a los romanos). 

 HEB1.1.4. Resume las características principales del reino de Tartesos y cita las fuentes históricas para su conocimiento.
Tartesos, cultura que se desarrolla entre el 700 y el 500 a. C. Situado en el suroeste peninsular en el valle del Guadalquivir. Manejamos datos con poca precisión. Muy influenciada por los fenicios. Alcanza un gran desarrollo agrario, artesanal, comercial y cultural basado en la explotación minera y el comercio con los fenicios. De su riqueza nos quedan muestras como el llamado tesoro de Carambolo. Entraría en una fase de decadencia al agotarse las minas y perderse el comercio con los fenicios, retornando a una economía exclusivamente agrícola y ganadera.
Aparece citada en fuentes bíblicas y en textos griegos. La primera fuente histórica que alude a Tartessos es la Historia de Heródoto, del siglo V a. C., que habla del rey Argantonio (significa Hombre de plata y se dice que gobernó cien años) y su incontable riqueza, sabiduría y generosidad. Una más tardía data del siglo IV d. C., del escritor romano Rufo Festo Avieno, que escribió una obra titulada Ora maritima, poema en el que se describen las costas mediterráneas.

LOS PUEBLOS PRERROMANOS
Entre el 800 y el 218 a.C., (comienzo de la dominación romana) se corresponde con la Edad del Hierro. En este momento se produce la llegada de colonizaciones que citamos antes (fenicios, griegos, pueblos centroeuropeos, cartagineses). Durante este milenio se van a mezclar los rasgos de las culturas que existían con estos pueblos del exterior.

 HEB1.1.5. Explica el diferente nivel de desarrollo de las áreas celta e ibérica en vísperas de la conquista romana en relación con la influencia recibida dos indoeuropeos, el reino de Tartesos y de los colonizadores fenicios e griegos.

Los iberos estaban más desarrollados que los celtas. Estos últimos según los romanos eran pueblos primitivos y belicosos, aunque fueron los que trajeron el uso del hierro a la península. Por su parte los iberos, posiblemente por tener una mayor relación con los pueblos colonizadores mediterráneos (fenicios, griegos y cartagineses) conocieron un mayor desarrollo económico y cultural.
IBEROS: Se asientan en la costa mediterránea y reciben influencia de los pobos colonizadores (uso de la moneda, escritura, etc.). Los pueblos íberos habitaban en poblados amurallados situados en zonas de fácil defensa, próximos a rutas comerciales y con un plan urbanístico de calles regulares (influencia griega) con casas de planta rectangular de cimientos de piedra y paredes de adobe. Tenían una economía básicamente agrícola (vid, olivo, cereales, plantas textiles como el lino o esparto), con gran desarrollo de la minería y la metalurgia destacando la fabricación de armas (falcata) y la orfebrería, al mismo tiempo que otras actividades artesanales como el tejido y la cerámica a torno de gran calidad por su decoración de influencia griega. El comercio con los pueblos colonizadores era muy importante y propició la acuñación de moneda propia y el desarrollo del urbanismo y la escritura. Su organización social se basaba en la tribu. Existe una jerarquía relacionada con el poder económico y militar, originando una aristocracia de guerreros que dio ligar a formas de poder unipersonal (caudillos). Su organización política estaba bastante desarrollada debido a la influencia del modelo de ciudad – Estado, traído por fenicios y griegos.  Entre sus restos destacan a Dama de Elche e a Dama de Baza. 
            CELTAS E CELTÍBEROS (Lusitanos, vacceos ...) se asientan en el centro. A su cultura e una mezcla de elementos autóctonos, íberos y centroeuropeos.
            LOS CELTAS
Los celtas desarrollaron una economía agropecuaria (agricultura basada en la cebada, legumbres y hortalizas; ganadería de caballos, vacas, cerdos, ovejas y cabras). Trabajaban la y fabricaban armas e instrumentos de hierro y bronce. Hablaban un idioma indoeuropeo y no conocían la moneda ni la escritura. Las comunidades agrícolas vivían en castros situados en montículos sin apenas sentido urbanísticos defendidos con fosos y empalizadas y casas de planta circular. Su sociedad se organiza en clanes unidos por lazos familiares, y varios clanes forman una tribu. En las tribus había cierta jerarquización social, con predominio del grupo de los guerreros.
            CULTURA CASTREÑA en Galicia llegando hasta el Duero y hasta Navia (Asturias). Destaca como elemento más significativo los castros, poblados bien defendidos por fortificaciones que se localizan no interior (Viladonga) o en la costa (Baroña, Alobre, ...). Os pobos castreños se dedicaban a la agricultura y ganadería, aunque que también desarrollaron una importante minería y metalurgia de la que quedan piezas de joyería (torques, arracadas, etc.).

 HEB1.1.6. Dibuja un mapa esquemático de la Península Ibérica y delimita en el las áreas ibérica y celta.

                Durante el primer milenio a.C. se fueron conformando en la Península tres culturas diferentes, pero interrelacionadas entre sí: íberos, celtas y celtíberos.

                Los íberos se situaban en la costa este y sur y estaban influidos por las colonizaciones fenicias y griega. Los pueblos celtas habitaban el centro, el oeste y el norte peninsular, y presentan rasgos culturales indoeuropeos. El contacto entre estas dos culturas originó la aparición de los celtíberos, que ocupaban el este de la Meseta y el sistema Ibérico.



LA ROMANIZACIÓN
CONQUISTA
1ª FASE: 218-206 a.C. Ocupación de la costa mediterránea por Publio Cneo Escipión.
2ª FASE: 197-133 a.C. Se caracterizó por las guerras contra os pobos da Meseta. Fueron guerras largas debido á resistencia de los lusitanos (Viriato) y de los celtiberos (Numancia).
3ª FASE: 29-19 a. C. Octavio Augusto, derrota a cántabros, astures y galaicos.
A conquista de Galicia se inició en el 137 a.C. cando Décimo Xuno Bruto atravesó o rio Limia. Destacar la resistencia dos galaicos frente a los romanos en el Monte Medulio.

 HEB1.1.7. Define el concepto de romanización y describe los medios empleados para llevarla a cabo.
Se entiende por romanización el proceso de aculturación que experimentaron las diversas regiones conquistadas por Roma, por el que dichos territorios incorporaron los modos de organización político-administrativa, sociales, las costumbres y las formas culturales emanadas de Roma o adoptadas por ella. Obviamente fue un largo proceso, desigualmente asimilado por los diversos territorios y pueblos, quienes al recibir el legado romano aportaron sus propios particularismos.
Fue posible por la unidad política del Imperio, por la fuerza ordenadora del Derecho Romano, por la base lingüística de un idioma común, el latín, por la red de vías y comunicaciones que formaron la infraestructura del gigantesco mundo romano, por la llegada de  inmigrantes de origen romano e itálico, que se fueron estableciendo en ciudades, creando así focos tanto de difusión cultural como de control político y administrativo, así como el uso de la moneda y la inclusión de Hispania en los circuitos económicos del Imperio.
La lengua latina se difundió por todo el Imperio, tanto como lengua de cultura como lengua hablada. Se extendió el Derecho romano, que regulaba tanto las relaciones privadas como las instituciones políticas y su funcionamiento. La integración de Hispania en la cultura romana se muestra en el hecho de que fue cuna de intelectuales destacados como Séneca, Quintiliano o Marcial, y de emperadores como Trajano, Adriano y Teodosio. El culto a los dioses romanos, basado en la triada capitolina (Juno, Júpiter y Minerva), así como el culto imperial, fue practicado en todo el Imperio, y se convirtió en un elemento fundamental para dar cohesión a todas las provincias.
La romanización fue un proceso impuesto por los conquistadores, pero también contó con el apoyo de las élites locales, interesadas en integrarse en el Imperio romano para no perder sus privilegios.
El proceso de romanización se vio impulsado por los siguientes medios:
1. La extensión de la vida urbana. Allá donde ésta no existía, se crearon nuevas ciudades, según el modelo romano, rompiendo las primitivas formas indígenas de organización.
2. El papel del ejército. Se reclutaron tropas auxiliares entre los pueblos indígenas para facilitar su contacto con los romanos. Los soldados, al acabar su servicio militar, obtenían la ciudadanía               romana y recibían un lote de tierras. Además, alrededor de los campamentos de las legiones se   formaban núcleos urbanos espontáneos, habitados por mercaderes y soldados licenciados, que junto   a sus familias, crearon municipios romanos, como el caso de León, cuyo nombre deriva de legio, ya que allí estuvo asentada la Legio VII Gémina.
3. La fundación de colonias. Consistía en la entrega de tierras conquistadas a soldados veteranos en pago por sus servicios. Éstos se asentaban en ciudades de nueva creación, como Mérida (Emérita Augusta), fundada por el emperador Augusto para los veteranos de las guerras contra los cántabros y astures.
4. La concesión de la ciudadanía romana a los indígenas. La obtención del título de ciudadano romano suponía gozar de numerosos derechos y privilegios, por lo que su concesión se usó como reclamo para facilitar la dominación romana. El proceso de romanización llegó a su máxima expresión cuando el emperador Caracalla en el siglo III extendió la ciudadanía a todos los habitantes libres del Imperio. Hispania fue una de las provincias del imperio más romanizadas. Buena prueba de ello fue que varios emperadores nacieron en la península (Trajano, Adriano). También hubo importantes filósofos como Séneca y escritores como Quintiliano y Marcial.

 HEB1.1.8. Compara el ritmo y grado de romanización de los territorios peninsulares.
            Diferencias en base a la llegada, relacionado con el proceso de conquista y e ocupación e interés por parte de Roma. Así la parte levantina está mucho más romanizada mientras que en el resto el grado de romanización es menor.
Al igual que la conquista, la romanización fue un proceso discontinuo con resultados desiguales:
En el área ibérica (sur y levante), más urbanizada y con formas de organización similares a la romana, la asimilación a la civilización romana fue más fácil.
En el centro y oeste la romanización fue más complicada cuanto menor era el desarrollo de sus poblaciones.
En el norte, la zona más atrasada y la última en conquistar, la vida urbana era inexistente y no fue posible una romanización efectiva, ni imponer el modo de vida romano.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TERRITORIO: PROVINCIAS
-197 a. C.  doss provincias: Ulterior e Citerior.
-14 a. C. tres provincias Bética, Lusitania e Tarraconensis.
-297 d.C. Además de las tres anteriores Diocleciano creó la Cartaginensis y la Gallaecia (dividida en tres conventos: Lucense, Bracarense y Asturicense); en el 385 se añade la Baleárica.





Desde o século III d. C. o Imperio Romano e Hispania entran en crise por:
CIUDADES EN DECLIVE. AUMENTA LA RURALIZACIÓN.BAJA EL NÚMERO DE ESCLAVOS.SE DEBILITA LA CULTURA. EL ESTADO E INCAPAZ DE ATENDER LAS NECESIDADES DE LA POBOACIÓN.
TODO EMPEORA COA CHEGADA DOS BÁRBAROS.
CRISIS Y FIN DE LA DOMINACIÓN ROMANA SOBRE LA PENÍNSULA IBÉRICA
El período comprendido entre siglo III al V se ha venido en denominar como el Bajo Imperio, un largo tiempo de decadencia que terminó con el poder romano en Occidente. La decadencia comienza con la anarquía militar del siglo III, que desembocó en una tremenda crisis económica y de subsistencia que las ciudades sufrieron especialmente. La creciente presión extranjera y la inseguridad favorecieron la construcción de sistemas defensivos, murallas, torres y “castellum”. Un ejemplo fue la ciudad de Tarraco (Tarragona), duramente atacada por los godos, o Lucus Augusti (Lugo). La población se marchará al campo, a las villas rurales de los grandes señores, a quienes servirán buscando protección. Éste será el germen del posterior feudalismo, que caracterizará la vida social de la Edad Media.

LEGADO CULTURAL ROMANO. HAY QUE DECIR ALGO DEL CASO GALLEGO
CONSECUENCIA DE LA PRESENCIA ROMANA:
Entrada del:    LATÍN, DERECHO ROMANO, CULTURA Y ARTE, CRISTIANISMO

REINOS GERMÁNICOS
A partir del 375 los godos pasan la frontera del Imperio Romano. En el  409, los suevos, vándalos y alanos entran en Hispania. Os suevos se instalan en el noroeste, los alanos en el centro y este y los vándalos en el sur. En el 411, los suevos, en virtud de un pacto (foedus) con el  emperador Honorio, ocupan la Gallaecia, preferentemente en el  convento bracarense. Mantendrán la independencia hasta el 585.
HISPANIA VISIGODA
En el 507 entran los visigodos na Península y ponen a capital en Toledo. Progresivamente  se consolida la monarquía visigoda mediante:
   -Unidad política: Llevada a cabo por Leovigildo (537- 586): anexión del reino suevo (585) y anexión de la parte ocupada por los bizantinos y por último sometimiento de los vascones.
   -Unidad religiosa: Tras la conversión al cristianismo de Recaredo en el III Concilio de Toledo (589)
   -Unidad legislativa: promulgación del Liber Iudiciorum (Fuero Juzgo) en el 654 por Recesvinto.

Estructura do Estado visigodo: se presenta como continuador del Bajo Imperio Romano:
a)         Demografía: 100.000 frente a 6 millones.
b)         Economía: actividades agrícolas y ganaderas, escasa circulación monetaria.
c)    Sociedad: Monarca: primero electivo, después hereditario. Nobleza: grandes propietarios. Pequeños propietarios libres. Colonos, hombres libres, en teoría, adscritos a la tierra. Siervos: condición de cosa. 


 HEB1.1.9. Resume las características de la monarquía visigoda y explica por que alcanzó tanto poder la iglesia y la nobleza.  
La monarquía visigoda constituyó su dominio sobre las tierras peninsulares a partir de un proceso de unificación territorial, político, religioso y jurídico. Los reyes Leovigildo (572-586) y su hijo Recaredo (586-601) consiguieron dominar a los vascones, cántabros y astures, expulsando a los suevos del noreste (585), conquistaron numerosos territorios bizantinos (572-628), que se habían instalado en el sur peninsular, y contener a los francos por el norte.
            Una vez dominado el territorio peninsular los visigodos estructuraron una monarquía, que, a pesar de su primitivo carácter electivo, aunque en ocasiones se transformaría en hereditaria de forma efectiva. El monarca, que en teoría gozaban de gran poder, se apoyaba en una serie de instituciones de gobierno, entre las que destaca el Aula Regia, órgano asesor formado por altos funcionarios de la aristocracia y la Iglesia, y los concilios de Toledo, asambleas con carácter religioso y civil, que con el paso del tiempo adquirieron un gran peso político y asumieron importantes funciones legislativas. Esto explica, en parte, la importancia y el poder de la aristocracia y la Iglesia en el mundo visigodo.
Los visigodos constituyeron también una unificación religiosa y jurídica de la sociedad. Leovigildo promovió la igualdad de los visigodos y los hispanorromanos y derogó las leyes que prohibían los matrimonios mixtos. Posteriormente, su hijo Recaredo, junto a un importante grupo de nobles visigodos, abandonó el arrianismo y se convirtió al cristianismo (589), la religión mayoritaria de los hispanorromanos. Este hecho le valió el apoyo de la Iglesia, cada vez más poderosa. Se creó otra institución de gobierno, que le concedería gran importancia a la Iglesia: los Concilios de Toledo. Aunque esta era una institución en esencia religiosa, con el paso del tiempo los concilios adquirieron un gran peso político y asumieron importantes funciones legislativas.  Finalmente, Recesvinto (653-672) promovió una única ley para ambos pueblos, el Liber Iudicorum o Fuero Juzgo.
Las disputas entre los nobles por el control del trono fueron frecuentes, como ocurrió con los partidarios del noble Witiza y Rodrigo, el último rey visigodo, que facilitó la invasión musulmana de la península en el 711.

 HEB1.1.11. Representa en una línea del tiempo desde 250 a.C. ata 711 d.C., e sitúa en ella los principales acontecimientos históricos.

            Para hacer durante explicación…..

jueves, 18 de agosto de 2016

SELECTIVIDAD JUNIO 2016

OPCIÓN A.  LAS RELACIONES IGLESIA Y ESTADO

OPCIÓN B. EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA ECONÓMICA DURANTE EL FRANQUISMO

viernes, 11 de abril de 2014

PROPUESTA SOLUCIÓN SOBERANÍA EN 5 CONSTITUCIONES. MODELO 2010

CONCEPTO DE SOBERANÍA EN CINCO CONSTITUCIONES. MODELO 2010


            El establecimiento de una constitución supone uno de los aspectos principales del régimen liberal. La Carta Magna debe ser la ley suprema del estado y referente de todas las demás. En ella deben quedar recogidos los principales principios políticos y los derechos y deberes de los ciudadanos. El grado de desarrollo de estos principios y derechos es lo que determina el carácter de cada uno de los textos legales que se implantan en el país. El problema es que este carácter depende en gran medida del grupo que detenta el poder del estado en el momento en el que se redacta, por lo que el resto de los grupos no suelen aceptar como suyo el texto, oponiéndose a él ya sea por la vía pacifica o por la conspirativa.

            El constitucionalismo español del siglo XIX refleja los vaivenes políticos que sufrió la implantación del estado liberal en España. En este proceso no se ve un progresivo orden cronológico en cuanto al establecimiento de las libertades y derechos que traería consigo el liberalismo, sino que se distinguen claramente una serie de flujos y reflujos en los avances hacia un sistema representativo.

            Los cinco textos seleccionados son fragmentos de las cinco constituciones decimonónicas que más implantación han tenido. Los apartados recogidos aquí suelen formar parte de los preámbulos en donde ya se establece una cierta declaración de principios sobre el carácter de la Carta Magna que se redacta a continuación y se hace referencia a la soberanía.

            Este concepto es uno de los más importantes en la transición del modelo de monarquía absoluta al modelo de monarquía constitucional, del absolutismo al liberalismo. En el absolutismo el soberano es el rey; se fundamenta en la teoría del  origen divino del poder; según esa teoría su poder viene de Dios, por eso lo tiene que ejercer de modo absoluto. Con el establecimiento del liberalismo se derribará esa idea.
            A partir de 1808 se inicia el proceso de sustitución del modelo del absolutismo por el liberalismo. Esta revolución liberal se arranca con el inicio de la Guerra de Independencia y la formación de la Juntas de Armamento y Defensa, que asumen la soberanía en nombre de Fernando VII. Se formará una Junta Central que delegará el poder en una Regencia y se elegirán a los representantes para la formación de unas Cortes, que se abrirán en Cádiz en septiembre de 1810. Estas Cortes plasmarán los principios del liberalismo en nuestra primera constitución, que se promulga el 19 de marzo de 1812 en Cádiz, siendo conocida coloquialmente como la Pepa. Este texto, del que se recoge un fragmento en el Doc.1 impone las ideas del liberalismo, aunque hay concesiones al absolutismo. En este texto la soberanía reside en la Nación (este principio ya fue aprobado en la primera reunión de Cortes de 24 de septiembre de 1810), entendida esta como la reunión de todos los españoles, sin distinción de estamentos, es decir, una soberanía de tipo popular, que se ejerce a través del sufragio universal masculino, aunque indirecto. Esta primera formulación de la soberanía fue muy criticada por los defensores del absolutismo y los liberales más moderados, que ya en Cádiz pedían una soberanía intermedia entre el rey y Cortes. La soberanía nacional  fue aceptada debido a las circunstancias especiales (Guerra de Independencia, falta del rey, etc.) y por el compromiso general entre liberales y absolutistas para organizar España en ese momento; pero tardará tiempo en ser aceptado plenamente, por lo que en el futuro se pasará a formulaciones más moderadas como vemos en los textos propuestos. En la constitución se establece también la separación de poderes. Ejecutivo que reside en el Rey y los Secretarios. Los poderes del Rey fueron limitados, pretendían establecer una monarquía moderada y hereditaria en la familia Borbón, pero controlada para impedir la vuelta al absolutismo. El rey nombra los Secretarios y los cesa, tiene veto por una legislatura, pero está controlado por el Parlamento. Tiene iniciativa legislativa. El Poder legislativo reside en las Cortes: es una única cámara que se escoge por sufragio universal masculino, aunque indirecto. Y para ser diputado hay que tener unos niveles de renta, lo que la reserva para la burguesía y la aristocracia. Tiene la función legislativa y la de controlar al gobierno. Las Cortes representan a la voluntad nacional, es la institución que ejerce la soberanía en nombre de la nación. El poder judicial reside en los tribunales de justicia y establece códigos únicos en materia civil, criminal y comercial.
 
            La Constitución de 1837 es obra de los progresistas, también denominados radicales, que durante la regencia de Mª Cristina desean romper definitivamente con el Antiguo Régimen. El país vivía una guerra civil, la primera guerra carlista 1833-1839, y se regía por el Estatuto Real de 1834, el cual no había permitido realizar transformaciones profundas en el Estado. El descontento de una gran parte de los liberales era patente, pues gracias a ellos y a sus milicias urbanas la niña Isabel de Borbón seguía en el trono, el cual era deseado por su tío Carlos de Borbón, hermano de Fernando VII y aspirante legitimo a él según la recientemente derogada Ley Sálica. Esta situación de descontento estalló en verano de 1836. Varios sargentos sublevados obligan a la regente en el palacio de la Granja a sustituir el texto de 1834 por la Constitución de 1812. Se produce una nueva intervención militar para forzar un cambio en el gobierno. Estos cambios, apoyados por el gobierno del progresista Mendizábal iban a provocar una importante transformación en la política española. Esta situación de desorden político alentó a los carlistas, los cuales iniciaron una serie de arriesgadas operaciones que, aunque no obtuvieron ningún éxito destacado, sí dejaron patente la debilidad de los isabelinos. Consciente el gobierno de la necesidad de unión de todas las fuerzas liberales para derrotar al enemigo absolutista y reaccionario, se plantea la redacción de un nuevo texto legal que sea aceptado también por los moderados.
            Fruto de este deseo nace la Carta Magna de 1837. En ella se recogen algunos aspectos básicos del liberalismo, aunque más contenidos que en la de 1812, pues se trataba de buscar la complicidad de los seguidores del liberalismo doctrinario y del trono. En lo referente a la soberanía se hace una moderación en relación a la Constitución de 1812. En el texto se alude a la soberanía nacional (“Siendo la voluntad de la nación  revisar, en uso de a su soberanía…las Cortes decretan”, doc. 2, lín 1.), pero aparece en el preámbulo y no en el articulado y es ejercida por las Cortes. En otros artículos de la Constitución se establece una acción legal dual entre las Cortes y la Corona, por eso se puede entender, en realidad, una soberanía compartida con el rey, ya que el Rey aumenta también sus  poderes. Por otro lado no se define lo que es Nación, como en Cádiz (reunión de todos los españoles). Por ello se puede entender que la soberanía nacional ya no está en pueblo y pasa  a estar en las Cortes. Posteriormente en el articulado se establece que el poder legislativo está compartido entre estas dos instituciones: rey y Cortes. Esto, unido al hecho concreto de que el rey seguirá reteniendo mucho poder: él escoge los senadores de una lista triple elegida por los electores o el derecho a disolver las cortes, establece que esta Constitución se inclina por el concepto de la soberanía compartida, aunque no se explicita claramente. Por otro lado, la elección de las Cortes e efectuará por medio de un sufragio censitario y no universal masculino como en la de Cádiz, es decir, ya no participa todo el pueblo. Este principio es propio del liberalismo doctrinario o moderado, el cual concibe que la soberanía es fruto de un pacto entre el príncipe y su pueblo. El elemento más destacado de este principio es el hecho de que el parlamento y la corona tengan poder legislativo, tal y como se recoge en esta constitución. Los radicales o progresistas no compartían estas ideas, pero su deseo de que los moderados aceptasen la nueva situación los llevó a ceder en asuntos tan fundamentales.
Otros aspectos principales de esta constitución son:
Las cortes son bicamerales, Senado y Congreso, con poder legislativo aunque compartido con el rey. El Senado de elección real de una terna presentada por los electores de cada provincia. Otro punto que cambia con respecto a la Constitución de 1812 que establecía una única cámara.
Sufragio censitario más abierto (2,2 %) que en el Estatuto Real, pero muy lejos del sufragio universal que defendía la de 1812.
Ayuntamientos democráticos.
Reconocimiento de derechos y libertades más restringidos que en 1812, pero mucho más desarrollados que en 1834. Así se implanta la libertad de expresión.

La Constitución de 1837 estará vigente desde el año que se redactó hasta 1845, en la práctica hasta 1843. Posteriormente resucitará en el llamado Bienio Progresista, 1854-1856, en donde se planteó su sustitución por una nueva norma, la de 1856, mucho más apegada a los principios del liberalismo, entre ellos el de la soberanía nacional. Dicho proyecto llegó a ser aprobado pero no se promulgó.
            La regencia de Espartero, que sustituyó a Mª Cristina en 1840, acaba con una insurrección protagonizada por sectores del progresismo contrarios al regente y, muy especialmente, por la rebelión de militares moderados acaudillados por el general Narváez. El nuevo periodo de gobierno que se abre se conoce como la “década moderada” y se caracteriza, como su nombre indica, por el gobierno en solitario del partido moderado. Al principio del periodo, Narváez impulsa la aprobación de una ley más acorde con su ideario, fundamentado en la idea de que el rey, como elemento de contención del pueblo, debe tener un importante papel en la vida política, que se concreta en su derecho al veto, la posibilidad de destituir y nombrar al ejecutivo, disolver las cortes y muy especialmente en la capacidad de hacer leyes, junto con las Cortes. Esta nueva Constitución se aprueba en 1845 y sus principales aspectos son:
• Soberanía compartida entre las Cortes bicamerales y el rey, tal y como se refleja en el fragmento del preámbulo que se muestra en el documento tres, al promulgar la reina Isabel II la nueva constitución “...en unión y de acuerdo con las Cortes...”.  Además el término soberanía desaparece de la constitución.
No se explicita claramente la separación de poderes. El poder ejecutivo está por encima del legislativo y judicial.
• El poder ejecutivo, en manos del monarca, puede disolver las Cortes. Tiene iniciativa legislativa, tiene veto absoluto, nombra el senado, disuelve las Cortes.
• El Congreso es elegido por sufragio muy censitario, y con condiciones para ser diputado que lo reserva para la alta burguesía y aristocracia. El senado es de designación real, en número ilimitado entre las grandes personalidades.
El poder judicial pierde la categoría de poder y se habla de administración de justicia.
• Sufragio censitario restringido (1%).
• Ayuntamientos no democráticos.
Limitación de los derechos de los ciudadanos.

            La nueva constitución será la ley fundamental del estado a lo largo de la mayoría de edad de Isabel II salvo durante el Bienio Progresista (1854-56). En ese momento los progresistas intentaran desarrollar una nueva constitución, la “non nata” de 1856, que recoge en general los principios de la de 1837, pero no llegó a promulgarse. Tras este breve lapso los moderados gobernaran alternándose en el poder con el nuevo partido de la Unión  Liberal liderado por O´Donnell.

            La vigencia de la Constitución de 1845 acabará con la Revolución de 1868, la llamada “Gloriosa”, la cual tratará de establecer un régimen democrático en España con la implantación del sufragio universal. Esta revolución tratará de convertirse en la autentica revolución burguesa que transforme el país en un estado moderno. Siguiendo lo pactado por demócratas, progresistas y unionistas en el pacto de Ostende (1866), el gobierno provisional que dirigen los generales Serrano y Prim convoca elecciones a una asamblea constituyente de la que saldrá la Constitución de 1869 en junio. Esta ley recogerá toda la legislación que se había ido desarrollando desde septiembre de 1868 para democratizar la vida del país y establece una monarquía constitucional.
En este texto sí que aparece claramente establecido el principio de soberanía nacional exclusiva, tal y como se recoge en el documento número cuatro, reservando al rey un papel de árbitro político. Además con el establecimiento del sufragio universal masculino se entiende una soberanía nacional de tipo popular.
Otros aspectos de esa constitución son:
Completo reconocimiento de los derechos de los ciudadanos: libertad de culto, libertad de enseñanza, libertad de imprenta, libre asociación, etc.
Sufragio universal masculino para mayores de 25 años.
Cortes bicamerales: ambas cámaras elegidas por sufragio universal.
Clara división de poderes: ejecutivo rey y ministros; legislativo, Cortes; y judicial, tribunales.
Supresión de impuestos indirectos.
            La Constitución de 1869 no tendrá una vida muy larga. Los acontecimientos políticos y sociales harán que el régimen desemboque en el primer intento de establecer una república, para la cual Pi i Margall redactará un proyecto de constitución federalista, inspirada en la del 69 pero dando forma al estado de república federal. Los golpes de estado de Pavía y de Martínez Campos en 1874 pondrán fin al Sexenio Democrático (1868-1874) y darán paso al nuevo periodo conocido como la Restauración.
            El nuevo sistema político, que devolverá a los Borbones al trono en la figura de Alfonso XII, heredero de Isabel II, está construido por Cánovas del Castillo. Este político de ideología liberal conservadora establecerá un régimen basado en el bipartidismo del partido conservador, el suyo, y el partido liberal de Sagasta, que se irán turnando en el poder mediante un sistema de fraude electoral basado en el caciquismo. El entramado legal se fundamentará en la Constitución de 1876, realizada por el primer parlamento de la Restauración, elegido por las elecciones que organizó el gobierno provisional y que fueron fraudulentas. La mayoría conservadora elaboró una constitución parecida a la de 1845, pero con elementos de la de 1869 y su principal característica es su flexibilidad por su ambigüedad, pues deja a cargo de leyes posteriores temas importantes. Sus principios son:
• Soberanía Compartida entre el Rey y las Cortes (“…en unión y de acuerdo…Doc. 5”)
            Cortes bicamerales, con un senado elitista y un congreso elegido por sufragio censitario (universal masculina a partir de 1890).
            Corona. El rey es inviolable y controla el ejecutivo y parte del legislativo. Convoca y disuelve Cortes, tiene iniciativa legislativa y veto.
• Religión católica oficial pero tolerando otras religiones. La ideología católica controlará la educación.
• Reconocimiento de derechos y libertades aunque se deja para leyes posteriores su concreción practica.
• Sufragio sin concretar. Primero será censatario y desde 1890 con Sagasta, universal aunque fraudulento.
            Habría que esperar al siglo XX para que, con la llegada de la Segunda República, se estableciera una Constitución, la de 1931, que recogiera el concepto de soberanía popular, que trataba de resaltar que la soberanía pertenecía a todo el pueblo, pues el concepto “nacional” había sido utilizado en ocasiones para sistemas que negaban los derechos políticos a gran parte de la población. Será en este régimen cuando se llegue a una autentica democracia en España al establecer un autentico sufragio universal de hombres y mujeres en 1931.


miércoles, 14 de agosto de 2013

EXAMEN SELECTIVIDAD JUNIO 2013


MODELO DE EXAMEN INSTAURACIÓN E INSTITUCIONALIZACIÓN DEL RÉGIMEN FRANQUISTA. JUNIO 2013

Los siguientes documentos deben permitirte elaborar una redacción sobre la instauración e institucionalización de la dictadura franquista. En ella debes abordar las siguientes cuestiones: su caracterización ideológica, hostil a la democracia; la liquidación de los sindicatos de clase; el pseudoparlamentarismo y la concentración de poderes; la eliminación de las libertades civiles y políticas; los instrumentos y apoyos que sirvieron al franquismo en su consolidación. Recuerda que no se trata de responder a preguntas aisladas, sino de realizar una composición coherente y argumentada, y que en la evaluación se tendrán en cuenta los conocimientos, la utilización de los documentos y la corrección de la expresión escrita.

Doc.1.-Discurso de Francisco Franco (18 de xullo de 1938), en conmemoración del Alzamiento Nacional:

“Nos corresponde el paladinaje de una fe, una civilización y una cultura gravemente ameazadas por los principios rojo-comunistas (...).

 A la irresponsabilidad política de los partidos liberales, sucede la unidad de nuestra Cruzada, orgánicamente constituida; a un Estado neutro y sin ideales, le substituye el misional y totalitario, que orienta al pobo señalándole el camino (...). Hay que soldar al pueblo, dividido por los partidos, hay que unir medio siglo de separaciones; hay que borrar los prejuicios de la lucha de clases; (...) hay que elevar os principios do Movimiento”.

Doc.2.-Ley sobre la unidad sindical (31 de enero de 1940):

“Tres son los principios que inspiran la Organización Nacional-Sindicalista prevista por el Fuero del Trabajo, reflejo fiel de la organización política del Nuevo Estado, a saber: Unidad, Totalidad y Jerarquía. Habrá, pues, según precepto del Fuero, una sola orden de sindicatos, en los cuales serán encuadrados todos los factores de la economía por ramas de la producción o servicios.
Artículo primero.-La Organización Sindical de F.E.T. y de las J.O.N.S. es la única reconocida con personalidad suficiente por el Estado, quien no admitirá la existencia de ninguna otra con fines análogos o similares”.

Doc.3.-Ley de creación de las Cortes Españolas (17 de julio de 1942):

“Continuando en la Jefatura del Estado la suprema potestad de dictar normas jurídicas (...), el órgano que se crea significará, a la vez que un eficaz instrumento de colaboración en aquella función, principio de autolimitación para una institución más sistemática del poder (...).
Art. 1.-Las Cortes son el órgano superior de participación del pueblo español en las tareas del Estado. Es misión principal de las Cortes la preparación y elaboración de las leyes, sin prejuicio de la sanción que corresponde al Jefe del Estado.

Art. 2.-Las Cortes se componen de Procuradores natos e electivos, a saber: a) Los ministros. b) Los consejeros nacionales de F.E.T. y de las J.O.N.S. c) El Presidente del Consejo de Estado (...). d) Los representantes de los Sindicatos Nacionales. e) Los Alcaldes de las cincuenta capitales de provincia (...). f) Los Rectores de las Universidades (...). i) Aquellas personas que por su jerarquía eclesiástica, militar, administrativa o social, o por sus relevantes servicios a España, designe el Jefe del Estado, en número no superior a cincuenta”.

Doc.4.-Fuero de los Españoles (17 de julio de 1945):

“Art. 1.-El Estado español proclama como principio rector de sus actos el respecto a la dignidad, la integridad y la libertad de la persona humana, reconociendo al home, en cuanto portador de valores eternos y miembro de la comunidad nacional, titular de deberes y derechos (...).
Art. 2.-Los españoles deben servicio fiel a la Patria, lealtad al Jefe del Estado y obediencia a las leyes (...).

Art. 6.-La profesión y práctica de la religión católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial. Nadie será molestado por sus creencias religiosas ni en el ejercicio privado de su culto. No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la religión católica (...).

Art. 10.-Todos los españoles tienen derecho a participar en las funciones públicas de carácter representativo, a través de la familia, el municipio y el sindicato (...).

Art. 12.-Todo español podrá expresar libremente sus ideas mientras no atenten contra los principios fundamentales del Estado”.


Doc.5.-Dionisio Ridruejo, ex-falangista posteriormente represaliado por el régimen, se expresa así en su obra Escrito en España (1962):

“Los grupos económicos se atribuían con todo sosiego  su lote de soberanía. La Iglesia tomaría el suyo. El Ejército –aunque oficialmente incluido, hombre a hombre, en el Partido único- absorbería su porción, ejerciendo el control de los instrumentos ejecutivos, y quedaría constituido en fuerza básica y arbitral. El Partido único proporcionaría el personal político al por mayor y representaría dócilmente el papel del pueblo en la función (...). Por su parte, el poder personal, establecido como clave de arco (...), se esponjaría en una camarilla reclutada entre los más fieles (...).

En rigor, la guerra no había producido poderes nuevos. Más bien había repuesto en su sitio, libres de cuidados, a los poderes antiguos, destruyendo aquellos otros que los amenazaban”.

 

 

MODELO DE EXAMEN SEXENIO

 

Los documentos que se presentan reflejan momentos importantes de la evolución política durante el Sexenio democrático (1868-1874). En tu redacción debes abordar las siguientes cuestiones: las circunstancias que condujeron a la expulsión del trono del Isabel II y las aspiraciones de los revolucionarios triunfantes; los rasgos esenciales del nuevo régimen político que la Constitución de 1869 instaura; las razones del fracaso del al fórmula monárquica: la implantación del régimen republicano que la sucede y del proyecto federal que se intenta instaurar. Para concluir, puedes aludir al fracaso final de la República y a su sustitución por un nuevo régimen. Recuerda que no se trata de responder a preguntas aisladas, sino de realizar una composición coherente y argumentada, y que en la evaluación se tendrán en cuenta los conocimientos, la utilización de los documentos y al corrección de la expresión escrita.

 

Doc.1.-El 27 de septiembre de 1868, la Junta de Gobierno de Málaga se suma con esta proclama a la revolución conocida como Gloriosa:


“Aspiramos a la libertad de conciencia (...). Vamos, pues, a establecer la libertad de cultos.
Aspiramos a la libertad de sufragio (...), proclamamos el sufragio universal.
Aspiramos a la libertad de la razón, y queremos la enseñanza libre, y que el pensamiento escrito circule sin traba.

Aspiramos, en fin, a la libertad económica y de asociación (...).
Queremos Cortes Constituyentes, expresión fiel de la soberanía de la Nación, para que promulguen una Constitución (...).

Ciudadanos: ¡Viva la libertad! ¡Viva a soberanía nacional! ¡Abajo los Borbones!”.

 

Doc.2.-Constitución de 1869:


“La Nación Española, y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad, y proveer al bien de cuantos vivan en España, decretan y sancionan la siguiente Constitución (...):

Art. 17. Tampoco puede ser privado ningún español: del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito (...). Del derecho de reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios a la moral pública (...).

Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la nación, de la cual emanan todos los poderes.

Art. 33. La forma de gobierno de la Nación Española es la Monarquía.

Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.
Art. 35. El poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por medio dos ministros.

Art. 36. Los tribunales ejercen el poder judicial”.


Doc.3.-Abdicación de Amadeo I (11 de febrero de 1873):

“Dos años largos hace que ciño la corona de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada día más distante la era de paz que tanto deseo (...). Todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por  su bien; y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible afirmar cual es la verdadera, y más imposible todavía encontrar el remedio para tamaños males. Lo he buscado dentro de la ley ansiosamente y no lo he encontrado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien prometió observarla (...).

Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la nación, y en su nombre a vosotros, la Corona que me ofreció el voto nacional (...)”.


Doc.4.-Proyecto de Constitución federal de 1873:
“Art. 1. Componen la Nación Española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias (...).
Art. 39. La forma de gobierno de la Nación Española es la República federal (...).
Art. 42. La soberanía reside en todos los ciudadanos, y se ejerce en representación suya por los organismos políticos de la República constituida por medio del sufragio universal.
Art. 43. Estos organismos son: el Municipio, el Estado regional, el Estado federal o Nación (...).
Art.45. El poder de la Federación se divide en poder legislativo, poder ejecutivo, poder judicial y poder de relación entre estos poderes”.

 

sábado, 3 de noviembre de 2012

ESQUEMA ÉPOCA DE ISABEL II


 ÉPOCA  DE ISABEL II (1833 – 1868)
 
1.  Las regencias du-rante la minoría de edad de Isabel II
 
a)  La Regencia de María Cristina (1833–1840)
 
b)  La Regencia de Espartero (1841–1843)
2.  El reinado de Isa-bel II propiamente dicho
 
a)  La Década Moderada (1844-1854)
 
b)  El Bienio Progresista (1854-1856)
 
c)   La Unión Liberal (1856-1868)
 
LA REGENCIA DE MARÍA CRISTINA (1833 – 1840)
 
a)       La Guerra Carlista (1833 – 1840): causas, desarrollo y consecuencias. Carlismo: ideario y apoyos (Dios, Patria y Rey). Bando isabelino. Acuerdo de Vergara 1839: Espartero y Maroto.
 
 
                                     Carlistas y Absolutistas.
 
b)      Los partido políticos                               Moderados (Derecha)
       Características              Liberales
                                                            Progresistas (Izquierda)
 
c)       Acontecimientos Políticos:
 
Sucesión de gobiernos moderados entre 1833 y 1835: Gobierno de Cea Bermúdez: como un despotismo ilustrado, muy pocas reformas (Javier de Burgos, división provincial). Búsqueda de apoyo liberal llamando al liberal moderado Francisco Martínez de la Rosa (Estatuto Real de 1834, principios). Reformas insuficientes.
 
Revolución de 1835.
 
Gobierno progresista de Mendizábal (Reformas de la Ley Electoral, reforma de la Hacienda, mayores libertades, inicios de la Desamortización, reforma ejército).
 
Los más moderados se asustan: Gobierno moderado de Istúriz.
Protestas populares y Motín de los sargentos de La Granja. Reposición Constitución del 1812 y gobierno progresista. Triunfo definitivo del liberalismo.
 
Gobierno progresista de Calatrava: Constitución de 1837 (características) y Desamortización de 1836–37 (Mendizábal). Otras medidas.
 
Gobiernos moderados entre 1837 y 1840: modificación de la Ley de Ayuntamientos  impuesta por María Cristina para que los alcaldes sean nombrados por la Corona, lo que origina protestas, insurrecciones de la Milicia Nacional y del Ayuntamiento de Madrid. Espartero presenta a la reina un programa de gobierno revolucionario, María Cristina no lo acepta renunciando a la Regencia.
 
LA REGENCIA DE ESPARTERO (1841 – 1843)
 
Espartero es nombrado Regente pero su regencia fue un fracaso por:
 
La división del Partido Progresista.
El fracaso de la política económica. Desamortización clero secular y continuación del regular.
Su talante dictatorial y militarista.
La sublevación de Barcelona, debido a la imposición de una política centralista y el temor de un acuerdo de libre comercio con Inglaterra que hundiría la industria textil catalana. Espartero bombardeo Barcelona lo que origino protestas en todos los sectores.
Pronunciamiento (Torrejón de Ardoz, julio de 1843) dirigido por sectores progresistas y moderados al mando del general Narváez que fuerzan la huida de Espartero.
 
1ª ETAPA: LA DECADA MODERADA (1844 – 1854)
 
Gobierno moderado de Narváez: sistema políticamente autoritario y excluyente, socialmente oligárquico y administrativamente centralista. Aplicación se hace con una fuerte represión sobre las otras opciones políticas y las reivindicaciones sociales, con el uso sistemático del ejército y la Guardia Civil, del aparato judicial y del dominio ideológico de la iglesia
·        Constitución de 1845: Principios moderantismo.
·        Creación de la Guardia Civil.
·        Reforma economía: Mon y Santillán. Impuestos.
·        Reorganización de la Administración para reforzar el centralismo.
·        Código Penal de 1851. Y Concordato.
 
Gobierno moderado de Bravo Murillo: reformas de 1851
·        Intentos de reformar la constitución para reformar la vida parlamentaria, que origina la oposición de todos los grupos políticos.
·        Golpe de estado (La Vicalvarada). O´Donnell. Manifiesto de Manzanares. Peticiones de corte progresista.
·        Revolución de 1854.
 
2ª ETAPA: EL BIENIO PROGRESISTA (1854 – 1856)
Isabel II encarga formar gobierno a los progresistas (Espartero). También esta Leopoldo O´Donnel (Unión Liberal).
 
   Carlistas: Absolutistas.
Partidos políticos   
Características         Progresistas              Unión Liberal (O’Donnel)
                            Progresistas (Espartero)
                            Demócratas
                            Republicanos
 
Constitución de 1856 (“non nata”). Principios.
Ley de Desamortización de Madoz en 1855.
Ley de Ferrocarriles de 1855.Ley de Sociedades Bancarias y Crediticias.


Dimisión de Espartero. No se atiende la cuestión social. Conflictividad social, huelgas, peticiones, derechos (asociación).

           
3ª ETAPA: LA UNIÓN LIBERAL (1856 – 1868)


Turno Pacífico en el poder entre la Unión Liberal de O’Donnell y los Moderados de Narváez. Funciona gracias a: apoyo corona, falseamiento electoral, expansión economía, política exterior agresiva…

 
Crisis de 1864 (déficit, falta de algodón para la industria textil catalana, bajada de precios,…) descontento político generalizado por la inoperancia y autoritarismo creciente de Narváez y O’Donnell. Fuerte represión.


Firman el Pacto de Ostende en 1866 los Progresistas, Demócratas y Republicanos, y más tarde la Unión Liberal y militares para destronar a Isabel II. Extensión de ideas demócratas.  Isabel II se queda sin ningún apoyo.

 
Pronunciaminento Cádiz. Batalla de Alcolea, Revolución de 1868 y destronamiento de Isabel II que se exilia en Francia. Causas.